Regl. 7586, art. VII

Evaluación de los criterios de calidad

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Cite as Reglamento Núm. 7586, Art. VII

La única entidad autorizada a evaluar las actividades y productos estadísticos, a la luz de los criterios de calidad esbozados en este Reglamento, es el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.
Regl. 7586, art. VII: Evaluación de los criterios de calidad | Justis AI