Regl. 7587, art. III-3 dup2

Visión, misión, objetivos y principios rectores del Fideicomiso de la

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Cite as Reglamento Núm. 7587, Art. III-3 dup2

Tierra 3.1 Visión El Fideicomiso de la Tierra adopta la visión expresada por las comunidades que conforman el Distrito y recogida en la Ley 489 de lograr "[u]na comunidad unida, segura y próspera, modelo de convivencia autogestionaria en el corazón de San Juan". 3.2 Misión El Fideicomiso de la Tierra tiene la misión de poseer, custodiar y administrar todos los terrenos que la Corporación le transfiera y los bienes que adquiera en el futuro para el beneficio de las comunidades que comprenden el Distrito, para propiciar su desarrollo integral y sustentable y la superación de la pobreza de sus residentes, y para fomentar una relación saludable entre el ambiente natural, la ciudad y dichas comunidades. El Fideicomiso de la Tierra llevará a cabo su misión en estrecha colaboración y coordinación con la Corporación, con la participación efectiva y protagónica del G-8, los residentes y las organizaciones de base comunitaria del Distrito, mediante alianzas entre las comunidades, el sector público y el sector privado y de conformidad con el Plan para el Distrito. 3.3 Objetivos En armonía con su visión y para cumplir con su misión, el Fideicomiso de la Tierra tendrá los siguientes objetivos: (a) Contribuir a resolver el problema de titularidad de muchos residentes en el Distrito mediante la tenencia colectiva del terreno. (b) Evitar la desintegración O desplazamiento involuntario de la comunidad. (c) Atender con equidad el desplazamiento físico O económico de las familias o individuos de bajos ingresos que residan en el Distrito que resulte de los proyectos de reconstrucción urbana. (d) Garantizar vivienda asequible en el Distrito. Reglamento general para el funcionamiento del Sometido por: lb Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Página # 19 de 103 Aprobado por (e) Adquirir, poseer, custodiar y administrar tierras en beneficio de la comunidad, para aumentar el control local sobre la tierra y evitar la toma de decisiones por dueños(as) ausentes. (f) Facilitar la participación de los residentes y la inversión estratégica del sector privado, así como la redistribución con equidad del aumento en el valor de la tierra mediante bonos de participación una vez lo viabilice la ley y los reglamentos que se adopten para tal propósito, diversificando así las fuentes de ingresos de las familias y la reinversión en el Distrito. Cualquier distribución de réditos estará sujeta a que se garantice la existencia a perpetuidad del Fideicomiso de la Tierra. (g) Recuperar la inversión económica del Estado en la reconstrucción urbana del Distrito para crear un fondo rotativo que permita reinvertir en el Distrito o en otros lugares con propósitos similares. Cualquier reinversión fuera del Distrito se llevará a cabo únicamente cuando beneficie el desarrollo del Distrito o cuando se hayan atendido a cabalidad todas las necesidades del Distrito. (h) Maximizar el patrimonio de la comunidad y alcanzar el potencial pleno del Fideicomiso de la Tierra para generar riqueza, manteniendo la solvencia económica y financiera del Fideicomiso de la Tierra y protegiendo los terrenos sobre los cuales haya una limitación de enajenar. 3.4 Principios rectores 3.4.1 Principios sobre desarrollo Las acciones del Fideicomiso de la Tierra se llevarán a cabo en estrecha coordinación con la Corporación y el G-8 y propiciarán la implantación del Plan para el Distrito, manteniendo un enfoque integral del desarrollo apoyado en la capacidad de autogestión de los residentes del Distrito. Dichas acciones serán consecuentes con los siguientes principios rectores: (a) Estimular la autogestión y el desarrollo cívico y democrático que hace del residente el eje central de la planificación y la acción de renovación, desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida. Reglamento general para el funcionamiento del Sometido por: Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Página # 20 de 103 Aprobado por: (b) Promover la participación de los miembros y personas con interés en la formulación e implantación de las actividades del Fideicomiso de la Tierra y en los procesos de toma de decisiones, y propiciar el diálogo entre los sectores involucrados. (c) Cultivar alianzas entre el Fideicomiso de la Tierra y las comunidades, y los sectores públicos, privado sin fines de lucro y privado empresarial. (d) Mantener un enfoque integral al buscar soluciones a los problemas del Distrito, propiciando procesos de desarrollo económico comunitario y de desarrollo del capital social comunitario, necesarios para forjar una mejor calidad de vida, en conjunto con los procesos de rehabilitación física y ambiental. (e) Propiciar la permanencia de las comunidades que conforman el Distrito, promover una mayor integración social y mantener y fortalecer la cohesión comunitaria. (f) Propiciar que los residentes vivan en viviendas adecuadas y seguras, con servicios básicos de excelencia y en un ambiente comunitario a escala humana, en armonía con la naturaleza y con acceso a ofrecimientos de bienes y servicios, de entretenimiento y de recreación que propicien una vida urbana de calidad. (g) Maximizar las posibilidades de reubicación dentro del Distrito para los residentes que tengan que ser realojados como parte de la implantación del Plan para el Distrito, y que deseen permanecer en el Distrito. (h) Conducir a la equidad social, la justicia ambiental y al desarrollo sustentable. (i) Propiciar la rehabilitación y conservación y fomentar el uso sustentable y el disfrute del Caño Martín Peña, como parte de un recurso natural de importancia mayor, a saber, el Estuario de la Bahía de San Juan. (j) Propiciar que las oportunidades económicas y el aumento en el valor de la tierra que generará la inversión en el Distrito redunden en un mayor apoderamiento comunitario y en el mejoramiento de la situación económica y de la calidad de vida de los residentes del mismo. (k) Mejorar la estética del paisaje urbano, proveer una red adecuada de espacios públicos y privilegiar el uso de medios no motorizados de transportación y de Reglamento general para el funcionamiento del Sometido por: Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Página # 21 de 103 Aprobado por: transporte colectivo, promoviendo ambientes peatonales agradables, seguros y accesibles. (I) Fomentar la integración de las comunidades a la Región Metropolitana de San Juan, preservando la identidad y el carácter del Distrito mientras se supera la marginación urbana, social y económica. (m)Reducir el riesgo a desastres, incidiendo sobre los factores físicos, sociales y económicos que hacen vulnerables a las comunidades, y en lo posible, sobre las amenazas naturales y generadas por el ser humano que actúan en el Distrito. 3.4.2 Principios éticos El Fideicomiso de la Tierra, sus fiduciarios(as), oficiales, funcionarios(as) y empleados(as), no discriminarán por razón de género, raza, color, origen, edad, nacimiento, condición social, ideas religiosas o políticas, preferencia sexual, condición de veterano, ni por impedimento físico o mental. Mantendrán y observarán una política de transparencia y acceso a la información que sea de interés general y que no sea calificada como confidencial. Además, los fiduciarios(as), oficiales, funcionarios(as) y empleados(as) del Fideicomiso de la Tierra se regirán por los más altos principios éticos que condenan y desalientan todo conflicto de interés en el que los intereses de índole privado podrían influir de manera inadecuada en la ejecución de sus funciones y responsabilidades oficiales. Se conducirán en todo momento conforme a los siguientes estándares éticos, entre otros: (a) Evitarán tomar cualquier acción que pueda resultar en conflicto de intereses apariencia de conflicto de intereses. Un fiduciario(a), oficial, funcionario(a) empleado(a) representa intereses encontrados cuando debe promover, participar o decidir sobre algún asunto en beneficio del Fideicomiso de la Tierra; y simultánea O consecutivamente, en su relación con otras personas, debe promover, participar O decidir sobre el mismo asunto de manera contraria a los intereses del Fideicomiso de la Tierra. Un fiduciario(a) representa intereses en conflicto, además, cuando su Reglamento general para el funcionamiento del Sometido por: Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Página # 22 de 103 Aprobado por: conducta en el ejercicio de los deberes y facultades de su cargo se aparta de los principios establecidos en la Ley 489, en este Reglamento y en el Reglamento de funcionamiento interno. (b) No incurrirán en conducta, tipificada O no como delito, que lesione el nombre del Fideicomiso de la Tierra. (c) No utilizarán los deberes y facultades de su cargo para fines incompatibles con la visión, misión, los objetivos, los principios rectores y las funciones del Fideicomiso de la Tierra. (d) No utilizarán los bienes del Fideicomiso de la Tierra para fines que no sean los del Fideicomiso de la Tierra. (e) No harán uso ilícito de, ni divulgarán para propósitos ajenos al Fideicomiso de la Tierra la información obtenida a través del cargo que ocupen, y mantendrán confidencialidad sobre los asuntos que así se califiquen. (f) No utilizarán las facultades y deberes del cargo que ocupan para ejercer influencias para beneficio propio, de familiares O de cualquier amigo(a) o allegado(a). (g) No utilizarán criterios político partidistas en el descargo de sus funciones. (h) No solicitarán O aceptarán de persona alguna, para sí O para cualquier miembro de su unidad familiar, bien alguno de cualquier naturaleza como regalo, pago O compensación por el ejercicio de sus funciones. (i) No intervendrán en cualquier asunto en el que éstos, algún integrante de su unidad familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad O segundo de afinidad, O su pareja en una unión de hecho o relación consensual tenga un interés económico particular, entendiéndose que en el caso de miembros o personas con interés que a su vez sean fiduciarios(as), esta prohibición no les excluye de recibir los servicios y beneficios a los que tengan derecho. (j) No representarán los intereses de terceras personas cuando estos intereses sean incompatibles con los del Fideicomiso de la Tierra. Reglamento general para el funcionamiento del Sometido por: Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Página # 23 de 103 Aprobado por: (k) No incurrirán en cualquier otra conducta incompatible con sus deberes fiduciarios(as), según establecido por ley, este Reglamento O el Reglamento de funcionamiento interno. El Fideicomiso de la Tierra ejercerá todos sus deberes y facultades en armonía con la Ley 489, este Reglamento, el Plan para el Distrito y cualesquiera otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables. 3.4.3 Política de transparencia La Junta de Fiduciarios hará públicos y divulgará los planes estratégicos y de trabajo; el presupuesto; los estados financieros del Fideicomiso de la Tierra; los informes que se rindan conforme a este Reglamento; las auditorías externas; los reglamentos, guías y normas que adopte para el cumplimiento con sus deberes y responsabilidades; el registro de los contratos otorgados; los informes que rinda la Junta de Fiduciarios y los comités de trabajo creados por este Reglamento O que la Junta de Fiduciarios pueda crear en el futuro; las convocatorias a subasta y a asambleas de miembros; y cualquier otra información que sea de interés general. El Fideicomiso de la Tierra podrá difundir información mediante una página de Internet, publicaciones, hojas sueltas, anuncios y otros medios, según sea conveniente. 3.4.4 Política de confidencialidad El Fideicomiso de la Tierra no divulgará información personal sobre sus fiduciarios(as), oficiales, empleados(as), funcionarios(as), miembros O personas con interés, ni proveerá listas de sus miembros O personas con interés, salvo por requerimiento legal. La Corporación se regirá por esta política de confidencialidad con respecto al uso y manejo de la información que recopile el Fideicomiso de la Tierra.
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