Regl. 7587, art. VII-2

Plan estratégico

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Cite as Reglamento Núm. 7587, Art. VII-2

Con la asesoría y el consejo de la Junta de Directores, la Junta de Fiduciarios adoptará un plan estratégico que abarcará un período de diez (10) años, y revisará y actualizará dicho plan cada tres (3) años. El plan estratégico del Fideicomiso de la Tierra complementará el que prepare y adopte la Corporación para cumplir con sus responsabilidades. A partir del Plan para el Distrito y la visión y políticas rectoras del Fideicomiso de la Tierra, el Director(a) Ejecutivo(a) elaborará un borrador del plan estratégico. Procurará sugerencias y recomendaciones de los miembros y de las personas con interés usando técnicas de planificación participativa. Dicho plan estratégico incluirá lo siguiente: (a) las metas y objetivos estratégicos con sus respectivos indicadores y las actividades estratégicas necesarias para lograr las metas y objetivos; (b) las proyecciones financieras y económicas; (c) un análisis de las fortalezas y limitaciones internas del Fideicomiso de la Tierra, y las condiciones externas que influyen a favor O en contra de alcanzar las metas y objetivos estratégicos; y, (d) las actividades y recursos para superar las limitaciones y asegurar el éxito del Fideicomiso de la Tierra. El Director(a) Ejecutivo(a) presentará el borrador al Comité conjunto de planificación estratégica para su consideración. Dicho Comité evaluará el borrador sometido, obtendrá las recomendaciones del G-8 y se asegurará de que el plan estratégico cumple con los requisitos establecidos en este Reglamento. De entenderlo necesario, devolverá el documento al Director(a) Ejecutivo(a) para que lo revise, según se le requiera. Una vez reciba el borrador final, el Comité lo someterá a ambas Juntas para su consideración y comentarios en un término no mayor de noventa (90) días. Los comentarios, si alguno, serán referidos por escrito al Comité para su evaluación e integración al borrador final en coordinación con Reglamento general para el funcionamiento del Sometido por: Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña Página # 71 de 103 Aprobado por; el Director(a) Ejecutivo(a). Expirado el término de noventa (90) días, el borrador, con los comentarios integrados, si alguno, será considerado en una reunión conjunta de la Junta de Directores y de la Junta de Fiduciarios, donde se tomará una determinación con respecto al mismo. El Comité conjunto de planificación estratégica será responsable de coordinar esta reunión. El visto bueno de la Junta de Directores al plan estratégico así como su aprobación por la Junta de Fiduciarios constará en una resolución conjunta de ambos cuerpos. Se seguirá este mismo trámite para revisar el plan estratégico cada tres (3) años.
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