Regl. 7587, art. VII-3 dup2
Plan de trabajo y presupuesto
Cite as Reglamento Núm. 7587, Art. VII-3 dup2
3.1 Elaboración del plan de trabajo y presupuesto
A partir del Plan para el Distrito y del plan estratégico, y con la asesorÃa y el
consejo de la Junta de Directores de la Corporación, no más tarde de 1 de noviembre
de cada año la Junta de Fiduciarios adoptará un plan de trabajo para los tres años
fiscales siguientes y el presupuesto para el año fiscal siguiente. Después del primer
plan de trabajo, los siguientes incluirán la revisión de las actividades planificadas para
los dos (2) años fiscales incluidos en el plan de trabajo anterior y aquellas que se
planifiquen para el nuevo año fiscal que se incluya en el plan.
El plan de trabajo del Fideicomiso de la Tierra complementará el plan de trabajo
de la Corporación, y se elaborará considerando la disponibilidad de recursos y las
proyecciones sobre ingresos y gastos futuros. Este plan incluirá los objetivos de los
siguientes tres (3) años, asociados a las metas y objetivos estratégicos, junto a sus
correspondientes indicadores, y los recursos disponibles y necesarios para alcanzarlos.
El presupuesto corresponderá con el plan de trabajo y se dividirá en presupuesto
operacional y programático. Para cada uno incluirá las proyecciones de ingresos y
gastos, las fuentes de ingresos y la distribución por partida de cada uno de los fondos
que administra el Fideicomiso de la Tierra. Asimismo, el plan de trabajo y presupuesto
incluirá una relación de los recursos que se pondrán a la disposición de la Corporación.
Reglamento general para el funcionamiento del
Sometido por:
Fideicomiso de la Tierra del Caño MartÃn Peña
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Aprobado por:
El plan de trabajo y presupuesto servirá de guÃa para las actividades dirigidas a la
solicitud y obtención de fondos o financiamiento de proyectos.
El Director(a) Ejecutivo(a) elaborará un borrador del plan de trabajo y
presupuesto usando técnicas de planificación participativa para obtener las
recomendaciones del G-8, los miembros y las personas con interés, y lo presentará
para la consideración del Comité conjunto de planificación estratégica, el cual lo
evaluará con la colaboración del G-8 y lo someterá a la consideración de la Junta de
Directores para su consejo y de la Junta de Fiduciarios para su adopción en una
reunión conjunta de ambas Juntas.
El Director(a) Ejecutivo(a) mantendrá a la Junta de Fiduciarios y a la Junta de
Directores informada sobre los cambios sustanciales que surjan, si alguno, en el
presupuesto adoptado.
3.2 Acciones no previstas en el plan de trabajo
Si surgiera la necesidad de considerar proyectos, programas, actividades,
propuestas O situaciones que no estén contenidas en el plan de trabajo vigente o que lo
modifiquen, la Junta de Fiduciarios las evaluará y tomará las decisiones
correspondientes. De tomar una decisión que afecte el plan de trabajo vigente del
Fideicomiso de la Tierra, la Junta de Fiduciarios notificará a la Junta de Directores.
Si la decisión afectase también el plan de trabajo de la Corporación, el asunto se
considerará en reuniones conjuntas de ambas Juntas y, una vez acordado el curso de
acción a seguir, se formalizará en una resolución conjunta. En las situaciones de
emergencia en que no se disponga del tiempo necesario para llevar a cabo este
proceso, la Junta de Fiduciarios atenderá con prioridad el asunto y notificará de
inmediato su decisión a la Junta de Directores.