Regl. 7587, art. V-11 dup2
Actas y resoluciones
Cite as Reglamento Núm. 7587, Art. V-11 dup2
11.1 Actas
Los trabajos que se lleven a cabo en las reuniones de la Junta de Fiduciarios o
en las reuniones de sus comités de trabajo, deberán documentarse mediante actas.
Las actas deben contener como mÃnimo los siguientes componentes:
(a) La fecha, hora y lugar donde se llevó a cabo la reunión.
(b) El establecimiento del quórum, mediante una lista de los fiduciarios(as) y otros
integrantes presentes y de los ausentes. Además, deberá incluir el nombre, puesto
o identificación de cualquier invitado(a) que asista a la reunión.
(c) Resumen breve de los asuntos discutidos y relación de los acuerdos tomados.
El acta de cada reunión de la Junta de Fiduciarios deberá ser aprobada por la
Junta de Fiduciarios en su próxima reunión, y deberá estar debidamente certificada por
el Secretario(a) o la persona que la haya redactado. Las reuniones de la Junta de
Fiduciarios podrán grabarse con el único propósito de facilitar la redacción del acta.
Queda establecido que el acta certificada es el récord oficial de la reunión.
Reglamento general para el funcionamiento del
Sometido por; the
Fideicomiso de la Tierra del Caño MartÃn Peña
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Aprobado por:
11.2 Resoluciones y acuerdos
Toda determinación de la Junta de Fiduciarios que afecte los bienes del
Fideicomiso de la Tierra o los derechos de sus miembros o de personas con interés
debe constar en una resolución escrita que indique la fecha y la forma en que se tomó
la determinación y la fecha de efectividad de la misma. Constará en resolución la
aprobación del Plan Estratégico, el Plan de Trabajo, los informes anuales, y el
presupuesto, entre otras. El Secretario(a) será responsable de la preparación y archivo
de las resoluciones. Estas se identificarán con el año y un número consecutivo dentro
del mismo. El Secretario(a) mantendrá el registro de resoluciones de la Junta de
Fiduciarios.
Cualquier otro acuerdo de la Junta de Fiduciarios estará documentado en el acta
de la reunión en la que se tomó.