Regl. 7587, art. XVI dup2
ENMIENDAS AL REGLAMENTO
Cite as Reglamento Núm. 7587, Art. XVI dup2
Las enmiendas a este Reglamento serán elaboradas con la participación del G-8
y mediante mecanismos de participación ciudadana. La Junta de Fiduciarios puede
someter proyectos de enmienda a la Junta de Directores. Dichas enmiendas serán
aprobadas en principio por la Junta de Directores, con el concurso de la Junta de
Reglamento general para el funcionamiento del
Sometido por:
Fideicomiso de la Tierra del Caño MartÃn Peña
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Aprobado por:
Fiduciarios. Las enmiendas a este Reglamento se tramitarán de acuerdo con el
procedimiento administrativo que corresponda, en cumplimiento con la Ley Núm. 170.