Regl. 7589, art. 6-6.7
Status de los Empleados en Puestos Reclasificados
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Cite as Reglamento Núm. 7589, Art. 6-6.7
El ex Gobernador, en el ejercicio de su discreción, determinará si el
ocupante de un puesto de confianza que sea reclasificado permanece
o no en el puesto.