Regl. 7590, art. 10-10.3
Becas y Licencias para Estudio
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Cite as Reglamento Núm. 7590, Art. 10-10.3
La Oficina podrá conceder becas y licencias con y sin sueldo para
estudios a empleados de confianza con derecho a reinstalación para
satisfacer necesidades en áreas especiales en que exista escasez de
recursos humanos O que estén dirigidas a la capacitación de personal
para satisfacer necesidades de la Oficina. La Oficina adoptará normas
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Reglamento de Personal en el Servicio de Confianza
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para la concesión de becas, licencias con sueldo y para establecer la
obligación del beneficiario de prestar servicios a la Oficina luego de
terminar los estudios para los cuales se le concedió la beca O licencia
con sueldo.