Regl. 7591, art. 17-17.3 dup2
Procedimiento para la Aplicación de Medidas Correctivas
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Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 17-17.3 dup2
a los Empleados del Servicio de Carrera
Procedimiento para las Medidas Correctivas que Aplica el
Supervisor Inmediato.
1. Amonestación Verbal
Cuando la conducta de un empleado constituye una infracción a
las normas de conducta establecidas, que amerite una
amonestación verbal, conforme se dispone en estas Normas, el
supervisor citará al empleado por escrito a una reunión; le
amonestará sobre su conducta; le exhortará a corregir la misma;
registrará la fecha y propósito de la reunión y mantendrá
informado al jefe de división U oficina.
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera
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2. Amonestación Escrita
Cuando la conducta de un empleado amerite una amonestación
escrita conforme se establece en estas Normas, el supervisor
preparará una comunicación en la que se indique relación de
hechos, norma de conducta que se infringe, que la acción
constituye una amonestación y exhortación a corregir la conducta
observada; citará al empleado a una reunión en la cual le
entregará la comunicación y le ofrecerá la orientación adicional
necesaria; retendrá copia de la comunicación firmada por el
empleado y mantendrá informado al jefe de división U oficina.