Regl. 7591, art. 17-17.3 dup2

Procedimiento para la Aplicación de Medidas Correctivas

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Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 17-17.3 dup2

a los Empleados del Servicio de Carrera Procedimiento para las Medidas Correctivas que Aplica el Supervisor Inmediato. 1. Amonestación Verbal Cuando la conducta de un empleado constituye una infracción a las normas de conducta establecidas, que amerite una amonestación verbal, conforme se dispone en estas Normas, el supervisor citará al empleado por escrito a una reunión; le amonestará sobre su conducta; le exhortará a corregir la misma; registrará la fecha y propósito de la reunión y mantendrá informado al jefe de división U oficina. Oficina de Gerencia y Presupuesto Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera 171 2. Amonestación Escrita Cuando la conducta de un empleado amerite una amonestación escrita conforme se establece en estas Normas, el supervisor preparará una comunicación en la que se indique relación de hechos, norma de conducta que se infringe, que la acción constituye una amonestación y exhortación a corregir la conducta observada; citará al empleado a una reunión en la cual le entregará la comunicación y le ofrecerá la orientación adicional necesaria; retendrá copia de la comunicación firmada por el empleado y mantendrá informado al jefe de división U oficina.
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