Regl. 7591, art. 17-17.4
Procedimiento para las Medidas Correctivas que
Length: 790 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 17-17.4
Constituyen Acción Disciplinaria
1. A nivel de Supervisor
Cuando la conducta de un empleado constituya una infracción a
las normas de conducta establecidas que haga necesaria la
aplicación de una acción disciplinaria, el supervisor:
Realizará una investigación dentro de los cinco días en que
tuvo conocimiento oficial de los hechos.
Preparará un informe que contenga, por lo menos, la
siguiente información: hechos, nombre de testigos
presénciales (si algunos), evidencia documental que
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera
172
sostenga la acción que se recomiende, normas infringidas,
medida disciplinaria que se recomiende, (reprimenda escrita,
suspensión de empleo y sueldo, indicando el número de días,
o destitución).
Referirá el informe al Director de Área U Oficina quien lo
revisará y si fuere necesario ampliará la investigación y hará
las enmiendas pertinentes y enviará a la Oficina de Recursos
Humanos.
2. A Nivel de la Oficina de Recursos Humanos
Una vez recibida la documentación pertinente:
Revisará y analizará la misma para cerciorarse de que
cumple con todo lo dispuesto en estas Normas.
Revisará el expediente del empleado, a los fines de estudiar
su historial como servidor público vis a vis la acción
recomendada.
Como resultado de lo anterior, podrá ampliar la investigación
si lo estima necesario y hará las enmiendas pertinentes. En
este caso, deberá discutir las enmiendas con el supervisor y
jefe de división U oficina.
Referirá el caso con SUS recomendaciones finales para
asesoramiento legal.
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera
173
3. A Nivel de Asesoramiento Legal
Se hará una investigación dentro de los 10 días laborables,
revisará y analizará la prueba documental y testificar.
Tomará declaraciones juradas a los testigos si fuere
necesario.
Determinará si la acción disciplinaria recomendada guarda
proporción con la infracción cometida y recomendará
aquellas modificaciones que estime necesarias.
Revisará la comunicación al empleado a los fines de que se
cumpla con las disposiciones legales, reglamentarias y
normativas aplicables.
Preparará informe final para el Director y le acompañará
para su firma la carta al empleado.
4. A Nivel de la Oficina del Director
Recibido el informe final y la carta para su firma, el Director
en el USO de discreción, impondrá la acción disciplinaria, que
corresponda o exonerará al empleado.
Si la decisión fuere la imposición de una acción disciplinaria,
firmará la comunicación al empleado.
En el caso de exonerar al empleado, así lo hará constar.
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera
174
En todo caso que surja la posibilidad de aplicación de
medidas disciplinarias cuya sanción pudiera resultar en la
suspensión de empleo y sueldo o la destitución de un
empleado se formulará al empleado cargos por escrito y se
le notificará- advirtiéndole de su derecho a una vista
administrativa informal dentro del término de 10 días
laborables a partir de la fecha del recibo de la notificación
de la formulación de cargos. También se le informará que
puede asistir acompañado de abogado, si así es su deseo.
En dicha vista el empleado afectado tendrá derecho a
presentar la prueba que estime necesaria.
Refiere el caso a la Oficina de Recursos Humanos.
5. Trámite de la Acción Disciplinaria en la Oficina de Recursos
Humanos
Una vez recibida la decisión final y la carta al empleado,
debidamente firmada por el Director, la Oficina de Recursos
Humanos:
Notificará al Supervisor la decisión final del Director.
Entregará el original de la comunicación al empleado y
guardará constancia oficial de la entrega.
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera
175
En el caso de que el empleado no esté presente y no sea
posible hacer la entrega de la carta personalmente, la
misma deberá enviarse por correo certificado con acuse de
recibo.
Luego de celebrada la vista administrativa informal O de
transcurrido el término de 15 días sin que el empleado haya
solicitado la misma, la Autoridad Nominadora tomará la
decisión correspondiente. Si la decisión fuera destituir al
empleado O suspenderlo de empleo y sueldo, se notificará
tal decisión al empleado advirtiéndole de su derecho a
apelación ante la Comisión Apelativa de Administración de
Recursos Humanos del Servicio Público dentro del término de
30 días a partir del recibo de la notificación.
En aquellos casos en que la continuidad del empleado en su
puesto pueda crear una situación peligrosa para los demás
empleados O pueblo en general, se podrá suspender de
empleo con sueldo al empleado, antes de la celebración de
la vista administrativa informal.
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera
176
La Oficina de Recursos Humanos preparará y tramitará los
informes de cambio correspondiente y archivará la
documentación en el expediente personal del empleado.