Regl. 7591, art. 2 dup2
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 2 dup2
1. Oficina
Oficina de Gerencia y Presupuesto del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico.
2. Director
Significa el Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
3. Persona con Impedimento
Significa toda persona con un impedimento de naturaleza motora,
mental O sensorial, que le obstaculice O limite sustancialmente una O
más de las actividades principales de la vida; que tiene historial de un
impedimento O es considerada una persona con tal impedimento.
4. Persona con Impedimento Cualificada
Es aquella persona con impedimento que está capacitada para
realizar las funciones esenciales de ese empleo con o sin acomodo
razonable.
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5. Aspirante a Empleo
Persona que ha llenado y completado una solicitud de empleo en la
Agencia, y que ha sido citado a comparecer a entrevista o a tomar
examen.
6. Limitación Sustancial en las Principales Actividades del Trabajo
Significa el grado de dificultad para realizar una función de trabajo
comparado con el empleado promedio de igual destreza y habilidad.
7. Veterano Incapacitado
Persona con derecho a compensación por incapacidad bajo las
normas administradas por la Administración Federal de Veteranos,
con un 30% O más de incapacidad, O cuyo licenciamiento o
separación del servicio militar activo fue por incapacidad
relacionada con el servicio y puede desempeñar las funciones
esenciales de una plaza con o sin acomodo razonable.
8. Acomodo Razonable
Significará el ajuste lógico, adecuado o razonable que permita a una
persona con impedimento cualificada; llevar a cabo U desempeñar
las funciones esenciales del puesto. Incluye, pero no se limita a: ajustes
en el área o condiciones del trabajo, construcción de facilidades
fÃsicas, adquisición de equipo especializado, asà como cualquier otra
acción que razonablemente le facilite el ajuste a una persona con
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limitaciones fÃsicas, mentales O sensoriales en su trabajo y que no
representa dificultad excesiva O costo oneroso.
9. Funciones Esenciales
Significa las tareas fundamentales del empleo O puesto que ocupa la
persona con impedimentos. El término no incluye las tareas o
funciones marginales del puesto. Al determinar cuáles son las tareas
esenciales del puesto se considerará, entre otras: la descripción y los
deberes del puesto, la cantidad de tiempo que utiliza en desempeñar
las funciones y las consecuencias de no requerirle al incumbente del
puesto que desempeñe dichas funciones.
10. Condición Ocupacional
Significa incapacidad fÃsica O mental del empleado para realizar su
trabajo. La misma no puede haber sido provocada por hábitos
viciosos o mala conducta.
11. Costo Oneroso ("Undue Hardship")
Significa una acción que requiera un gasto O una dificultad excesiva
cuando se considera a la luz de: la naturaleza y el costo del acomodo
razonable, los recursos económicos de la Oficina y el efecto que
tendrá el acomodo razonable sobre las operaciones de la agencia.
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