Regl. 7591, art. 4 dup2

RESPONSABILIDADES

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Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 4 dup2

1. Ejecutivos y Supervisores Serán responsables de velar por el fiel cumplimiento de este procedimiento y las acciones correspondientes. 2. Empleados O Aspirantes a Empleo Será responsabilidad de todo empleado a aspirante a empleo poner a la Oficina en condición de decidir si concede O no los beneficios de un acomodo razonable. Para ello el empleado O solicitante deberá proveer toda la información que sea requerida antes de que la Oficina tome una determinación en su caso. 3. Oficina de Recursos Humanos Será responsable de estudiar cada petición que le sea presentada, procesarla y tomar las determinaciones correspondientes, según se detalla a continuación: a. Evaluará la condición o impedimento del empleado. b. Evaluará las funciones del puesto con relación a la condición de salud del empleado. C. Identificará los acomodos potenciales en consulta con el solicitante del acomodo y la efectividad de éstos, para que el solicitante pueda llevar a cabo las funciones esenciales del puesto. Tomará en consideración la preferencia de Oficina de Gerencia y Presupuesto Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera 198 acomodo del solicitante y seleccionará el acomodo más apropiado para el empleado y la Oficina. d. Será responsable de la coordinación de las citas médicas, según sea necesario O requerirlas para hacer el acomodo. e. Orientará a los solicitantes, mantendrá expedientes de todos los casos y dará seguimiento a los acomodos concedidos para asegurarse de SU efectividad. f. Someterá al Director las recomendaciones sobre cada petición. g. Informará a los aspirantes a empleo la determinación sobre cada caso y la transacción de personal que se vaya a efectuar, si alguna.
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