Regl. 7591, art. 4 dup2
RESPONSABILIDADES
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Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 4 dup2
1. Ejecutivos y Supervisores Serán responsables de velar por el fiel
cumplimiento de este procedimiento y las acciones
correspondientes.
2. Empleados O Aspirantes a Empleo Será responsabilidad de todo
empleado a aspirante a empleo poner a la Oficina en condición
de decidir si concede O no los beneficios de un acomodo
razonable. Para ello el empleado O solicitante deberá proveer
toda la información que sea requerida antes de que la Oficina
tome una determinación en su caso.
3. Oficina de Recursos Humanos Será responsable de estudiar cada
petición que le sea presentada, procesarla y tomar las
determinaciones correspondientes, según se detalla a
continuación:
a. Evaluará la condición o impedimento del empleado.
b. Evaluará las funciones del puesto con relación a la condición
de salud del empleado.
C. Identificará los acomodos potenciales en consulta con el
solicitante del acomodo y la efectividad de éstos, para que
el solicitante pueda llevar a cabo las funciones esenciales
del puesto. Tomará en consideración la preferencia de
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera
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acomodo del solicitante y seleccionará el acomodo más
apropiado para el empleado y la Oficina.
d. Será responsable de la coordinación de las citas médicas,
según sea necesario O requerirlas para hacer el acomodo.
e. Orientará a los solicitantes, mantendrá expedientes de todos
los casos y dará seguimiento a los acomodos concedidos
para asegurarse de SU efectividad.
f. Someterá al Director las recomendaciones sobre cada
petición.
g. Informará a los aspirantes a empleo la determinación sobre
cada caso y la transacción de personal que se vaya a
efectuar, si alguna.