Regl. 7591, art. 6-6.10
Asignación y Reasignación de las Clases de Puestos a las
Length: 183 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 6-6.10
Escalas de Retribución
Las clases que integran el Plan de Clasificación se asignarán a las
escalas de sueldo contenidas en el Plan de Retribución correspondiente
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera
35
a base principalmente de la jerarquÃa relativa que se determine para
cada clase dentro del plan de clasificación. Además, podrá tomar en
consideración otras condiciones, tales como la dificultad existente en el
reclutamiento y retención del personal para determinadas clases, las
calificaciones necesarias para el desempeño de las funciones esenciales
del puesto, los sueldos prevalecientes en otros sectores de la economÃa
para la misma ocupación, las condiciones especiales, los aspectos
relativos al costo de vida y la situación fiscal.
La Oficina también podrá reasignar cualquier clase de puesto de
una escala de retribución a otra de las contenidas en el Plan de
Retribución, cuando la necesidad del servicio asà lo requiera; o como
resultado de un estudio realizado con relación a una clase de puesto,
una serie de clases O un área de trabajo; o por exigencias de una
modificación al Plan de Clasificación.