Regl. 7591, art. 6-6.8
Cambios de Deberes, Responsabilidades o Autoridad
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Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 6-6.8
La Oficina podrá disponer cambios en los deberes y
responsabilidades de los puestos, sin que esto conlleve cambios en la
clasificación de los mismos, cuando sea apropiado para responder a las
necesidades y circunstancias O conveniencias de la Oficina. También se
podrá disponer cambios en los deberes, responsabilidades y autoridad
delegada a los puestos, que conlleven la reclasificación de los mismos a
una clase de nivel de responsabilidad y retribución superior, igual o
inferior.