Regl. 7591, art. 7-7.14

Nombramientos Transitorios en Puestos Regulares

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Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 7-7.14

Serán transitorios los nombramientos en puestos regulares del servicio de carrera que se efectúen en las siguientes circunstancias: Oficina de Gerencia y Presupuesto Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera 63 1. Cuando el ocupante del puesto se encuentre disfrutando de licencia sin sueldo. 2. Cuando no exista un registro de elegibles adecuado para algún puesto que requiera algún tipo de licencia y el candidato a nombrarse posea licencia provisional. 3. Cuando el ocupante del puesto haya sido destituido y haya apelado esta acción ante la Comisión Apelativa. 4. Cuando el ocupante del puesto haya sido suspendido de empleo y sueldo por determinado tiempo. 5. Cuando el ocupante del puesto pase a ocupar otro puesto mediante nombramiento transitorio y con derecho a regresar a su anterior puesto. 6. Cuando por necesidades del servicio sea indispensable cubrir un puesto reservado para un becario, en cuyo caso el nombramiento transitorio se extenderá por el tiempo que dure la beca. 7. Cuando exista una emergencia en la prestación de servicios que haga imposible o dificulte la certificación de candidatos de un registro de elegibles, en cuyo caso el nombramiento no excederá de seis meses. Transcurrido dicho período si la autoridad nominadora entiende que persisten las condiciones que motivaron Oficina de Gerencia y Presupuesto Reglamento de Personal en el Servicio de Carrera 64 el nombramiento original, podrá extender dicho nombramiento por un término adicional de seis meses. 8. Cuando el ocupante del puesto regular de carrera pase a ocupar un puesto en el servicio de confianza. Los nombramientos transitorios en puestos regulares pueden prorrogarse mientras duren las circunstancias que dieron origen a dichos nombramientos, excepto lo dispuestos en el Inciso 7 anterior.
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