Regl. 7591, art. 7-7.15
Determinación de Requisitos MÃnimos
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Cite as Reglamento Núm. 7591, Art. 7-7.15
Las personas a reclutarse para puestos transitorios según lo
dispuesto en las Secciones 7.13 y 7.14, estarán sujetas a una evaluación a
los fines de determinar si reúnen los requisitos mÃnimos del puesto y las
condiciones generales de ingreso al servicio público. Disponiéndose que
en el caso de los nombramientos a virtud de la Sección 7.14, Inciso 2, la
licencia provisional se considera como requisito mÃnimo.