Regl. 7598, art. 12

Notificación de Adjudicaciones de Subastas Formales

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Cite as Reglamento Núm. 7598, Art. 12

Las adjudicaciones de subastas formales se notifican por escrito a todos los licitadores que concurran a las mismas y contiene la siguiente información de forma concisa: 46 REGLAMENTO DE COMPRAS COMPAÑÍA DE TURISMO DE PUERTO RICO Y SUS COMPAÑIAS SUBSIDIARIAS Los nombres de los licitadores en la subasta y una síntesis de sus propuestas. Los factores o criterios que se tomaron en cuenta para adjudicar la subasta. Los defectos, si alguno, que tuvieron las propuestas de los licitadores no agraciados. El plazo y la fecha límite para solicitar la reconsideración a la Junta de Subastas y la revisión judicial conforme se dispone en la Sección 3.19 de la Ley Núm. 170. Se indica que la solicitud de reconsideración ante la CTPR no es indispensable para solicitar revisión judicial, pero que si se opta por solicitar reconsideración deben cumplir estrictamente los requisitos que se expresan en el Artículo 14 de este Reglamento. Las adjudicaciones también se publican en la página del Internet de la CTPR. Las notificaciones pueden hacerse por entrega personal con acuse de recibo O por correo certificado con acuse de recibo.
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