Regl. 7598, art. 6.3
Reglamento de Compras de la Compañía de Turismo de Puerto Rico y sus Compañías Subsidiarias. Vigencia 28 noviembre 2008.
Cite as Reglamento Núm. 7598, Art. 6.3
La Junta de Subastas puede excusar u obviar cualquier informalidad o
desviaciones menores en las ofertas recibidas, tales como desviaciones
de las especificaciones, términos y condiciones, que no estén en conflicto
con el uso, el funcionamiento y la calidad de los artículos, materiales,
equipos, obras o servicios no profesionales, siempre que con ello se
beneficie el interés público. En dicho caso, los fundamentos para tal curso
de acción deben expresarse por escrito.