Regl. 7608, art. 4-6

Programa de Adiestramiento y Educación

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Cite as Reglamento Núm. 7608, Art. 4-6

A. Todo programa de adiestramiento y educación a los empleados del tenedor de la licencia limitada de alquiler, incluirá una enseñanza básica acerca de los tipos de cubierta que se ofrecen bajo la misma y en cuanto a los requisitos y limitaciones provistos por la presente Regla. Incluirá, además, lo siguiente: 4 i. procedimiento de reclamación bajo la póliza de seguro suscrita, el cual deberá cumplir con las disposiciones del Código y de esta Regla; ii. información sobre el período de alquiler, el cual no será mayor de noventa (90) días; iii. divulgación a todo arrendatario sobre la evidencia de cubierta en el contrato de alquiler; iv. información sobre la identidad del asegurador que provee la cubierta de seguros; B. Disponiéndose, que este programa incluirá instrucciones específicas prohibiendo a los empleados de emitir declaración alguna o exhibir una conducta, ya sea de manera expresa o implícita, que lleve a un consumidor a razonablemente creer que: i. es necesaria la compra de una cubierta de seguros de las permitidas bajo la Sección 7 de esta Regla para alquilar o arrendar un vehículo de motor; ii. cualquier otra póliza de seguros que el consumidor pueda tener no provee la cubierta de seguros ofrecida por el tenedor de la licencia limitada de alquiler; iii. que el empleado está debidamente cualificado para evaluar la suficiencia de cualquier otra cubierta de seguros que el consumidor pueda tener.
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