Regl. 7608, art. 4-8 dup2
Venta de Seguros de Alquiler de VehĂculos a travĂ©s de Máquinas Vendedoras
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Cite as Reglamento NĂşm. 7608, Art. 4-8 dup2
Una persona a la cual se le expida una licencia limitada de alquiler, podrá gestionar
solicitudes y expedir pólizas de seguros por medio de máquinas vendedoras,
inspeccionadas y supervisadas por éste y que estén localizadas en su sitio de negocios,
sujeto a lo dispuesto en el ArtĂculo 9.250 del CĂłdigo.