Regl. 7611, art. 4.06-10
Denegación, Revocación o Suspensión de Licencia
Length: 304 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7611, Art. 4.06-10
Se denegará, revocará o suspenderá la licencia si el Instructor:
a. No reúne requisitos para obtener la licencia según establecidos por este
reglamento.
b. Ha ejercido ilegalmente la Profesión de Instructor para la Aptitud FÃsica en
Puerto Rico.
C. Ha obtenido o tratado de obtener una licencia para practicar cualquier
profesión reglamentada mediante fraude o engaño.
d. Ha incurrido en incompetencia manifiesta en el ejercicio de la profesión en
perjuicio de tercero.
e. Ha ofrecido servicios profesionales como Instructor para la Aptitud FÃsica con
su licencia expirada.
f. Realiza alguna de las prácticas prohibidas en el ArtÃculo 12.
15
g. Sea adicto a drogas narcóticos o ebrio habitual; disponiéndose, que la
licencia podrá otorgarse tan pronto esta persona pruebe estar capacitado(a)
si reúne los demás requisitos establecidos en este reglamento.
h. Haya sido convicto(a) de delito grave o delito menos grave que implique
depravación moral, bajo las Leyes de Puerto Rico o de cualquier estado de
los Estados Unidos, o de cualquier otra jurisdicción en la cual se haya
cumplido con el debido proceso de Ley.
i. Haya sido declarado incapaz por un Tribunal competente, disponiéndose,
que la licencia podrá otorgarse tan pronto un tribunal competente declare a
esta persona capacitada nuevamente, si reúne los demás requisitos
establecidos en este reglamento.
j.
Se le haya revocado una licencia para practicar en cualquier de las ramas de
Salud.
k. Haya alterado, falsificado o sometido información falsa o incorrecta en
cualquier documento o material con la intención maliciosa de engañar a los
miembros de la Junta en el desempeño de sus funciones como tales.
La Junta podrá revocar o suspender, temporera o permanentemente, una licencia
expedida bajo las disposiciones de este reglamento luego de que un foro con
competencia determine que la parte en cuestión ha realizado cualquier acto proscrito
por estatuto, regla O reglamento pertinente.