Regl. 7616, art. VIII
DISPOSICIONES SOBRE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 7616, Art. VIII
El reclutamiento y selección para puestos regulares en el Servicio de Carrera de
la Junta se realizará mediante un proceso en virtud del cual los aspirantes conozcan
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sobre las oportunidades de empleo y compitan en igualdad de condiciones. Se ofrecerá
la oportunidad de competir en el proceso de reclutamiento y selección a toda persona
cualificada, en atención a sus méritos, logros académicos, profesionales y laborales,
conocimientos, capacidad, habilidades, destrezas y ética del trabajo, sin discrimen por
razones de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen o condición social, por ideas
polÃticas y religiosas, condición de veterano, ni por impedimento fÃsico o mental.