Regl. 7616, art. VIII-8.10 dup2
Procedimientos Especiales de Reclutamiento y Selección
Length: 459 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7616, Art. VIII-8.10 dup2
Cuando resulte impracticable atender las necesidades del servicio con
nombramientos hechos con sujeción al procedimiento establecido en este artÃculo, se
podrán utilizar procedimientos especiales de reclutamiento y selección para puestos de
trabajadores no diestros 0 semidiestros y para garantizar la igualdad de oportunidad en
40
el empleo a participantes de programas de adiestramiento y empleo, a fin de cumplir
con las metas de tales programas.
A. Reclutamiento para puestos de trabajadores no diestros o semidiestros.
El proceso de reclutamiento de trabajadores no diestros y/o semidiestros
consistirá en una evaluación a los únicos fines de determinar si los candidatos reúnen
los requisitos mÃnimos establecidos para las clases de puestos en las cuales serán
nombrados y las condiciones generales de ingreso al servicio público.
B. Reclutamiento para garantizar la igualdad de oportunidades de empleo a
participantes de programas de adiestramientos y empleo.
Los nombramientos de los participantes de dichos programas de empleo y
adiestramiento serán en carácter transitorio. Lo anterior no impide que el participante
mientras presta servicios como empleado transitorio, pueda optar y solicitar empleo
para puestos disponibles en el servicio de carrera siempre que reúna los requisitos
mÃnimos del puesto, y opte al mismo mediante el procedimiento de reclutamiento y
selección para puestos regulares del servicio de carrera establecido en este
Reglamento.
La duración del nombramiento transitorio dependerá de la disponibilidad de los
fondos asignados para dicho propósito.
Los participantes de programas de adiestramiento y empleo deberán reunir los
siguientes requisitos y condiciones:
a. Requisitos mÃnimos de preparación académica, experiencia de trabajo y
otros establecidos para la clase de puesto en que se efectuará el
nombramiento.
b. Haber completado y aprobado satisfactoriamente la experiencia de
adiestramiento y empleo.
C. Cumplir con las disposiciones generales para ingreso al servicio público,
establecidas en la Sección 8.1(a) de este Reglamento.
41
En estos casos, el examen consistirá en una combinación de evaluación de
preparación académica y experiencia de trabajo, a los únicos fines de determinar si los
candidatos reúnen los requisitos mÃnimos establecidos para las clases de puestos en
las cuales serán nombrados. También se podrá considerar la evaluación del supervisor.
Se prepararán listas por clases de puestos con aquellos candidatos que hayan
completado los requisitos para optar a puestos en el Servicio de Carrera. Se podrá
seleccionar cualquier participante que figure en las listas para cubrir cualquier puesto
igual o similar al que desempeñó en el programa de adiestramiento y empleo, siempre
que reúna los requisitos para ejercer el mismo.
El participante deberá aprobar el periodo probatorio asignado a la clase de
puesto para el cual haya sido seleccionado.
Durante el transcurso de su desempeño como empleado en la Junta, al
participante le aplicará lo establecido en el Manual de Normas de Conducta, Medidas
Correctivas y Acciones Disciplinarias de la Junta.