Regl. 7616, art. VII-7.4

Mantenimiento del Plan

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Cite as Reglamento Núm. 7616, Art. VII-7.4

El plan de clasificación reflejará la situación de todos los puestos de la agencia a una fecha determinada, constituyendo así un inventario de los puestos autorizados en todo momento. Será responsabilidad de la autoridad nominadora determinar la jerarquía relativa entre las distintas clases, o su equivalente en otros planes de clasificación, basado en un patrón de lógica interna según la organización de la agencia y la naturaleza y complejidad de las respectivas funciones. El plan de clasificación deberá establecer mecanismos para la creación, eliminación, consolidación y modificación de clases, de manera que se mantenga al día. Asimismo, contendrá los mecanismos necesarios para que haya niveles de mejoramiento compatibles con la necesidad de los servicios, sin que los incumbentes de los puestos tengan que desempeñar funciones esencialmente distintas.
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