Regl. 7616, art. XVI
BENEFICIOS MARGINALES
Length: 96 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7616, Art. XVI
La Junta de Libertad Bajo Palabra reconoce que los beneficios marginales
representan un ingreso adicional, seguridad y mejores condiciones de empleo para el
empleado, asà como fomentan un clima de buenas relaciones y satisfacción en el
empleado que redunda en una mayor productividad y eficiencia en el desempeño de
sus funciones. A esos fines, se establece mediante este Reglamento las siguientes
normas que regirán la administración de los beneficios marginales, en conjunto con las
normas establecidas en las Normas Internas sobre Jornada de Trabajo y Asistencia
para los Empleados de la Junta de Libertad Bajo Palabra.