Regl. 7617, art. 15-1 dup3

Toda entidad aseguradora y/o aseguradora, proveedor o profesional de

Last amended: 2000Length: 234 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7617, Art. 15-1 dup3

servicios de salud debe solicitar la autorización escrita del paciente, beneficiario, suscriptor o asegurado para divulgar y/o usar su información de salud que identifique al paciente para todo propósito, incluyendo tratamiento, pago y operaciones o actividades relacionados con el cuidado de salud. A. La autorización para divulgar información de salud debe, como mínimo, contener: 1. Nombre del paciente a quien pertenece la información de salud; 2. Descripción de la información de salud a divulgar; 3. Fecha de expiración o evento que indique la expiración de la autorización; 4. Una declaración expresando el derecho del paciente a revocar su autorización en cualquier momento; 5. Una declaración que indique que toda divulgación de información hecha por el que recibe la información perderá las protecciones de confidencialidad y por lo tanto, la entidad o proveedor no serán responsables; 6. Firma y fecha de la autorización; 7. Si la autorización es hecha por un representante del paciente, entonces debe incluir una identificación, una autorización escrita del paciente o evidencia de su autoridad para representar al paciente; 8. El proveedor podrá requerir al paciente que llene una hoja de autorización cuando el paciente solicite que el proveedor divulgue información de salud a un tercero para propósitos no relacionados con tratamiento, pago u operación relacionados con el cuidado de la salud. Inciso 15.4: Requisitos para Implementar la Autorización para Uso o Divulgación de Información de Salud según Requerida por Ley
Regl. 7617, art. 15-1 dup3: Toda entidad aseguradora y/o aseguradora, proveedor o profesional de | Justis AI