Regl. 7617, art. 15-1 dup6
Tendrá capacidad para firmar, delegar y/o autorizar el uso y divulgación de
Cite as Reglamento Núm. 7617, Art. 15-1 dup6
información de salud el paciente, beneficiario, suscriptor o asegurado:
A. Mayor de edad sin impedimento o limitación para tomar decisiones.
B. Menores de edad emancipados.
C. Menores de 14 años o más cuando a juicio del profesional de la salud se
determine que el menor tiene capacidad y madurez mental (menor maduro)
para tomar decisiones y prestar su consentimiento de acuerdo, a lo establecido
en el ArtÃculo 13, Sección 13 (B) de este Reglamento. Esto incluye, pero no se
limita a, las siguientes circunstancias:
1. Menores entre las edades de dieciocho (18) y veinte (20)
años que se sostengan a sà mismos y vivan independientes
de sus padres.
2. Una menor embarazada, no emancipada, que recibe
cuidados y servicios de salud pre-natales y post-natales y
servicios de orientación.
3. Menores entre las edades de dieciocho (18) y veinte (20)
años que interesen donar sangre.
4. Menor que solicite exámenes para evaluar enfermedades de
transmisión sexual.
5. Menor no emancipado que tenga la patria potestad y/o
custodia de un hijo menor de edad.