Regl. 7617, art. 15-1 dup6

Tendrá capacidad para firmar, delegar y/o autorizar el uso y divulgación de

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Cite as Reglamento Núm. 7617, Art. 15-1 dup6

información de salud el paciente, beneficiario, suscriptor o asegurado: A. Mayor de edad sin impedimento o limitación para tomar decisiones. B. Menores de edad emancipados. C. Menores de 14 años o más cuando a juicio del profesional de la salud se determine que el menor tiene capacidad y madurez mental (menor maduro) para tomar decisiones y prestar su consentimiento de acuerdo, a lo establecido en el Artículo 13, Sección 13 (B) de este Reglamento. Esto incluye, pero no se limita a, las siguientes circunstancias: 1. Menores entre las edades de dieciocho (18) y veinte (20) años que se sostengan a sí mismos y vivan independientes de sus padres. 2. Una menor embarazada, no emancipada, que recibe cuidados y servicios de salud pre-natales y post-natales y servicios de orientación. 3. Menores entre las edades de dieciocho (18) y veinte (20) años que interesen donar sangre. 4. Menor que solicite exámenes para evaluar enfermedades de transmisión sexual. 5. Menor no emancipado que tenga la patria potestad y/o custodia de un hijo menor de edad.
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