Regl. 7617, art. 15-2 dup4

Cuando la patria potestad y/o custodia de menores de edad la tienen los

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abuelos, un familiar o un tercero, estos podrán firmar la hoja de autorización para uso y divulgación de información de salud del paciente en representación de dicho menor de 13 años o menos O no emancipado o menor de 14 años o más cuando a juicio del profesional de la salud se determine que el menor no tiene capacidad y madurez mental para tomar decisiones y prestar su consentimiento. A. En estos casos, se hará constar en la autorización que son los representantes del menor y se documentará en el expediente del menor la relación entre el menor y la persona que firma. 66
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