Regl. 7617, art. 15 dup2

Derecho del Paciente en cuanto a la Confidencialidad de su

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Cite as Reglamento Núm. 7617, Art. 15 dup2

Información de Salud y/o Expedientes o Récords Médicos Sección 1. Todo paciente, suscriptor, beneficiario, asegurado o consumidor de servicios de salud en Puerto Rico tiene derecho a comunicarse libremente, sin temor y en estricta confidencialidad con sus proveedores de servicios de salud médico-hospitalaria y a mantener protegida la confidencialidad de la información de salud o cuidado médico que identifique al paciente.
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