Regl. 7617, art. 15 dup2
Derecho del Paciente en cuanto a la Confidencialidad de su
Cite as Reglamento Núm. 7617, Art. 15 dup2
Información de Salud y/o Expedientes o Récords Médicos
Sección 1. Todo paciente, suscriptor, beneficiario, asegurado o consumidor de servicios
de salud en Puerto Rico tiene derecho a comunicarse libremente, sin temor y en estricta
confidencialidad con sus proveedores de servicios de salud médico-hospitalaria y a
mantener protegida la confidencialidad de la información de salud o cuidado médico que
identifique al paciente.