Regl. 7617, art. 17-3
El paciente participará activamente en la planificación de su cuidado de
Cite as Reglamento Núm. 7617, Art. 17-3
salud, y sin limitarse a ello, los pacientes deben:
A. Seguir las instrucciones, recomendaciones, procedimientos y tratamientos que
le ofrece el profesional de la salud o proveedor y cumplir con el plan de cuidado
elaborado para su condición.
B. Mantener informado regularmente al profesional de la salud o proveedor de
cualquier asunto que se relacione con o afecte su salud.
C. Proveer información completa y precisa sobre su condición actual,
enfermedades anteriores, medicamentos, hospitalización y asuntos
relacionados al profesional de la salud O proveedor.
D. Informar al profesional de la salud o proveedor de cambios inesperados en su
condición.
E. Informar al profesional de la salud o proveedor de la respuesta de su organismo
al tratamiento, procedimiento, equipo O medicamento.
F. Proveer al profesional de la salud 0 proveedor copia de sus directrices o guÃas
adelantadas por escrito, si existen, y sus deseos de tratamiento, procedimientos
o medicamentos futuros respecto a la prolongación de su vida.
G. No afectar con sus actos los servicios y necesidades de la entidad que le rinde
servicios de salud, de otros pacientes, de la facultad profesional, del proveedor,
o de otros empleados relacionados.
H. Reconocer el buen juicio profesional de ser eficiente y equitativo al proveer
cuidado a otros pacientes.
I. Proveer toda la información necesaria sobre su seguro o plan de cuidado de
salud, cubierta y sus arreglos financieros.
J. Pagar en forma oportuna y diligente, a tenor con su condición económica, todas
las cuentas y facturas que le somete la entidad aseguradora y/o aseguradora, el
profesional de la salud o proveedor conforme a lo estipulado en el plan de
cuidado de salud o lo estipulado entre las partes.
K. Reconocer el impacto que tiene su estilo de vida en su salud y llevar a cabo los
ajustes que fueren necesarios para corregir y modificar el mismo, una vez haya
sido orientado por el profesional de la salud.
L. Participar en toda decisión relacionada a su cuidado de salud.
M. Informar a las autoridades cualquier actuación impropia o fraudulenta de parte
de alguna entidad, profesional de la salud o proveedor, su aseguradora o plan,
con relación a los servicios de salud recibidos o propuestos.
N. Utilizar los mecanismos y procedimientos internos establecidos por la entidad
aseguradora y/o aseguradoras, plan de cuidado de salud, proveedor de
servicios de salud para resolver sus diferencias, quejas y/o querellas, sin
menoscabo a que concurrentemente pueda utilizar los servicios de la Oficina
del(la) Procurador(a) del Paciente.
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O. Reconocer y aceptar los riesgos y limitaciones que tiene la ciencia, el cuidado
de la salud, la medicina en general y, más importante aún, el profesional de
salud.
P. Se mantendrá informado sobre su plan de cuidado de salud en cuanto al tipo de
cubierta, beneficios, lÃmites, exclusiones, referidos, y procedimientos de
radicación, revisión y solución de querellas a los que está acogido y/o tiene
derecho.
Q. Cumplir con los procedimientos administrativos y operacionales de su plan de
salud, entidad de servicios de salud o proveedor de la salud o proveedor, y de
los programas de beneficios de salud gubernamentales que le cobijan.
R. Reconocer que la relación médico-paciente puede terminar cuando estén
presentes una o más de las siguientes circunstancias:
1. El paciente acepta seguir un tratamiento y, teniendo la capacidad de
pago, se niega a pagar por los servicios.
2. El paciente, teniendo capacidad de pago, se niega a recibir el
tratamiento.
3. El paciente se niega a aceptar cualquier tipo de tratamiento o
conformarse con un régimen de tratamiento inadecuado.
4. El paciente solicita un tratamiento que el médico juzga 0 considera
inadecuado, ineficaz o que esté en contra de la ética o de las
creencias religiosas del médico.
5. El paciente solicita tratamiento o servicios fuera de especialización del
médico.
6. El paciente sólo es atendido por el médico en una ocasión o el
servicio prestado no requiere tratamiento o continuidad de visitas
posteriores.
De estar presente una o más de las circunstancias anteriores, y el médico
decide no proporcionar servicios a un paciente, debe cumplir con los siguientes
requisitos:
1. Discutir con el paciente las razones que motivan la terminación de la
relación médico-paciente.
2. Informar al paciente sobre otros proveedores que puedan responder
a las necesidades del paciente.
3. Informar al paciente de su derecho a recibir el expediente original,
libre de costo.
4. Documentar en el expediente médico del paciente la conversación o
diálogo sostenido con el paciente, asà como evidenciar por escrito,
con la firma del paciente, incluyendo, pero sin limitarse a, las razones
de la terminación, la información sobre otros proveedores, la entrega
del expediente original libre de costo y la posición del paciente con
respecto a dicha terminación.
4. Entregar copia al paciente, familiar o representante documento con su firma, y
hacer el original parte del expediente médico, en el que se certifique que fue
debidamente notificado de las razones de la terminación, la información sobre
otros proveedores, la entrega del expediente original libre de costo y su
posición con respecto a dicha terminación.
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