Regl. 7618, art. 19 dup2

Adquisiciones y proyectos entre las Unidades.

Last amended: 2009Length: 214 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7618, Art. 19 dup2

A. El Presidente o la persona en que él delegue convocará a reunión, al menos dos veces al año, a los directores de compras de todas las unidades institucionales para determinar y planificar el desarrollo de actividades de adquisiciones conjuntas, incluyendo la celebración de subastas, la expedición de órdenes de compras, actividades de almacenaje, compraventa de material, equipo y servicios entre unidades y para compartir toda la información concerniente a sus registros de licitadores. B. El Director de Compras de la Administración Central rendirá un informe sobre el resultado de las reuniones el cual remitirá al Presidente de la Universidad, quien a su vez lo informará a cada Rector. REGLAMENTO SOBRE ADQUISICIONES Página 23 de 40 CERTIFICACIÓN NÚMERO 30 (2008-2009) C. Los directores de compras del sistema deberán efectuar al menos una subasta sistémica anual mediante la cual se adquieran equipos, materiales, bienes y servicios no personales de utilidad para todas las unidades del sistema a precios más costo efectivos por ser adquisiciones en grandes cantidades. D. Las subastas sistémicas se celebrarán conforme a las disposiciones sobre subastas dispuestas en este Reglamento, a través de la Junta de Subastas de la Administración Central, incrementada por representantes de las unidades participantes en la misma y con el apoyo que disponga el Presidente. Parte V. SUBASTAS
Regl. 7618, art. 19 dup2: Adquisiciones y proyectos entre las Unidades. | Justis AI