Regl. 7618, art. 1 dup2

0, gestionará directamente con los proveedores precios, costos de

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transportación o fletes, arbitrios, garantías, fecha de entrega e instalación y condiciones de los artículos solicitados. a. En compras de equipo y materiales especializados en que el costo estimado no exceda de tres mil dólares ($3,000) por transacción, el Investigador Principal ejercerá mayor discreción para seleccionar el proveedor a base de experiencias en compras anteriores y razonabilidad del precio ofrecido. En el caso de precios por catálogos el Investigador Principal verificará siempre con el suplidor que los precios estén vigentes y si existe un precio especial o exoneración de pago de impuestos para las instituciones educativas. Esta gestión será confirmada por escrito. Las referidas adquisiciones podrán realizarse mediante el uso de tarjetas de débito de conformidad con las normas y procedimientos que el Presidente emita para estos propósitos o mediante la Oficina de Compras. b. En compras de equipo y materiales especializados en que el costo estimado exceda de tres mil dólares ($3,000) por transacción, el Investigador Principal obtendrá no menos de tres (3) cotizaciones por escrito (ya sea en original, facsímile, correo electrónico o por Internet, u otro medio adecuado) antes de preparar la Requisición. No será necesario obtener tres (3) cotizaciones cuando no existan suficientes suplidores para el equipo o materiales especializados según especificados por el Investigador Principal del Proyecto y ese hecho sea documentado. Las cotizaciones obtenidas deberán ser en expresa contestación a una solicitud de la Universidad, ya sea del Investigador Principal del Proyecto, de su representante autorizado o de la Oficina de Compras, y deberán realizarse por un representante autorizado del suplidor. 2. Seleccionar, con el asesoramiento del Director de la Oficina de Compras correspondiente, el proveedor que mejor satisfaga las necesidades del proyecto de investigación, calidad, economía, servicio, garantía y condiciones de entrega más beneficiosas. 3. Preparar la Requisición en compras mayores de tres mil dólares ($3,000) por renglón justificando la selección del suplidor y certificando con su firma que los equipos o materiales especializados solicitados son necesarios para el desarrollo de la investigación y que existen fondos asignados para la adquisición. El Investigador Principal enviará a la Oficina de Compras, conjuntamente con copia de los documentos que evidencian las gestiones de compra realizadas, las cotizaciones recibidas y vigentes. REGLAMENTO SOBRE ADQUISICIONES Página 17 de 40 CERTIFICACIÓN NÚMERO 30 (2008-2009) 4. Rendir, anualmente, al Decano de Administración de la unidad institucional, el Informe de Compra de Equipos y Materiales Especializados para Proyectos de Investigación. Dicho informe incluirá el nombre del proyecto, el número de la requisición, fecha de la compra, suplidor, descripción de lo comprado, cantidad de la compra y fecha de recibido. Además enviará copia de este informe a la Oficina de Preintervención y a la Oficina de Propiedad. 5. Para poder ejercer las funciones descritas en este artículo, el Investigador Principal del Proyecto deberá gestionar una designación como Agente Comprador para ejercer tales funciones y cumplir con las normas y procedimientos que regulan la conducta de las personas autorizadas a realizar compras. F. Una vez se le presenten los documentos necesarios, la Oficina de Compras procederá inmediatamente a emitir la Orden de Compra, excepto si el proveedor seleccionado tuviera un historial de incumplimiento conocido por la Universidad. G. El Presidente o el Rector de cada unidad institucional, según sea el caso, podrá establecer los procedimientos necesarios para implantar lo dispuesto en este Artículo y el control y cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables a estas compras. Estos procedimientos contemplarán los acuerdos, reglamentos y directrices del Gobierno Federal o entidad patrocinadora o donante, cuando sean aplicables al proyecto.
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