Regl. 1278, art. 21-1 dup2
DISPOSICIONES GENERALES
Cite as Reglamento Núm. 1278, Art. 21-1 dup2
1. Serán de aplicación las reglas del Reglamento de
Ascensores de Personas del Reglamento General de Seguridad e
Higiene Industrial, sustituyendose Ascensores de Carga por Ascensores de Personas, siempre que la Regla se use en sentido adecuado
con relación a Ascensores de Carga.
2. Las disposiciones generales de los reglamentos de
Montacargas de Materiales y Montacargas de Trabajadores tendrán un
uso supletorio.