Regl. 3121, art. XL-11

Descubrimiento de información requerido

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Cite as Reglamento Núm. 3121, Art. XL-11

De conformidad con el artículo 11.140 del Código de Seguros de Puerto Rico, las declaraciones de toda póliza de líneas múltiples comercial deberá indicar la siguiente información: (a) Con respecto al objeto del seguro: (i) La descripción de toda propiedad asegurada y su dirección o localización; cuando se trata de propiedad en distintos locales en distintas direcciones o localizaciones, una descripción y la dirección de cada local asegurado. (ii) La descripción de los azares ("hazards") O clasificación de riesgos con sus respectivas claves ("Codes") de acuerdo con los archivos aprobados por el Comisionado cuando se trata de otras clases de seguros de propiedad contemplados en (i). (b) Con respecto a los riesgos que cubre el seguro, la cantidad de seguro y los beneficios: (i) Indicar si la póliza cubre estructura solamente o si cubre estructura y contenido según definidos dichos términos en el contrato o por la costumbre del negocio. (ii) Indicar en forma separada las distintas cubiertas para cada azar o clasificación de riesgos, clave O peligro con su respectiva cantidad O limite de seguro. (iii) Salvo en los casos en que un archivo o una forma -10- aprobada por el Comisionado provea para la aplicación de una sola cantidad de seguros o un limite único ("single limit") para más de un peligro, cubierta, clasificación, clave o riesgo, se prohíbe el uso del término "incluido" ("included"), O cualquier otro medio que no sea el figurar la cantidad real para indicar la cantidad de seguros o límite de seguros para cada peligro, cubierta, clasificación, clave o riesgo, según se requiere en este apartado. (c) Con respecto al tipo y la prima, excepto en los casos en que el tipo y la prima no se pueden determinar a la fecha de expedición de la póliza conforme a los archivos aprobados por el Comisionado: (i) Indicar la cuantía del tipo y la prima cargados para cada peligro, cubierta, clasificación, clave o riesgo cubierto, independientemente de que dichos tipos requieran o no requieran la aprobación del Comisionado conforme al Capítulo 12 del Código de Seguros O el tipo sea promulgado por el asegurador o el organismo tarifador ("tarifa (a)"). Mediante la presente se prohibe el uso del término "incluido" ("included") O cualquier otro medio en sustitución de una declaración de la cuantía del tipo y la prima cargados por el asegurador según se requiere en este apartado. (ii) Indicar la cantidad o montante de las bases de prima a las cuales aplicará el tipo requerido en (i), para cada peligro, cubierta, clasificación, clave o riesgo cubierto. Mediante la presente se prohibe el uso del término "como ha sido archivado con la companía" ("as filed with the company") O cualquier otro medio O término similar en sustitución de figurar la cantidad 0 montante usado como base de prima, según se requiere en este apartado. (d) En adición, para todo contrato de líneas múltiples comercial, se deberá preparar una hoja de tarifaje ("rate -11- sheet") que contendrá el procedimiento seguido para llegar a los tipos y primas finales que se cargarán bajo la póliza. El formulario estará sujeto a la previa aprobación del Comisionado, y la hoja de tarifaje se mantendrá en los archivos del asegurador.
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