Regl. 7623, art. VIII

EXCEPCIONES

Length: 142 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7623, Art. VIII

No será necesaria la celebración de subasta adquisitiva cuando el Presidente de la Corporación determine que ello es necesario 0 conveniente para cumplir los propósitos para los cuales se creó la Corporación, entre otros, cuando surjan las siguientes situaciones: A. Surja una emergencia que requiera la entrega o adquisición inmediata de materiales, propiedad o equipo 0 la realización de tareas o la ejecución o prestación de servicios. B. Los precios no están sujetos a competencia debido a la inexistencia de más de una fuente de suministro o porque están reglamentados por ley. Al agente comprador tocará documentarlo y así hacérselo constar a la Junta de Subastas. C. Se requieran piezas de repuesto, accesorios, equipo o servicios suplementarios para efectos 0 servicios previamente suministrados o contratados. D. Cuando la Junta de Directores lo autorice, de conformidad con el Artículo VII de este Reglamento.
Regl. 7623, art. VIII: EXCEPCIONES | Justis AI