Regl. 7623, art. X
JUNTA DE SUBASTAS
Length: 475 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7623, Art. X
La composición de la Junta de Subastas de la Corporación, así como las
normas generales y específicas que regirán sus actuaciones, se establecen como
se dispone a continuación:
A. Organización
La Junta de Subastas (la Junta), será nombrada por el Presidente de la
Corporación quien, además, designará a quien la presidirá. También
escogerá al vicepresidente de esta Junta. En caso de ausencia, el
vicepresidente sustituirá al presidente de la Junta de Subastas. La
Junta de Subastas se compondrá de no menos de cinco (5) miembros
nombrados por el Presidente de la Corporación, así como de un
Secretario(a), nombrado(a) también por el Presidente de la
Corporación. El Secretario se encargará de los asuntos administrativos
y no será miembro de la Junta. No obstante lo anterior, velará porque
en la celebración de subastas se provea la participación del mayor
número posible de licitadores cualificados, representativos de las
11
REGLAMENTO DE SUBASTAS
PÁGINA 12
fuentes de abastecimiento de los suministros y los servicios que se
interese adquirir.
Esta Junta tendrá la responsabilidad de decidir sobre las subastas. Los
miembros de la Junta no percibirán remuneración alguna por los servicios
prestados al integrarla. La Junta adoptará las medidas necesarias que eviten el
incumplimiento de las disposiciones establecidas en este Reglamento por parte
de suplidores 0 licitadores. La Junta de Subastas podrá descalificar a cualquier
licitador si éste no cumple con las normas establecidas.
B. Término de los nombramientos
Los miembros de la Junta desempeñarán sus funciones y ocuparán sus
cargos por el término que determine el Presidente de CPRDP, a quien
corresponderá tanto el nombramiento como la remoción de cada uno
de los integrantes de la Junta de Subastas. Estos se desempeñarán
hasta que sus sucesores sean nombrados y asuman el puesto.
C. Reuniones
La Junta de Subastas celebrará aquellas reuniones que considere
necesarias conforme a este Reglamento y a las directrices del
Presidente de la Corporación. Tres miembros de esta Junta
constituirán quórum y los acuerdos serán por mayoría de los
presentes, disponiéndose que en aquellos casos en que hubiere
12
REGLAMENTO DE SUBASTAS
PÁGINA 13
empate, se someterá el caso al presidente de la Junta para su
decisión. Tocará al presidente de la Junta de Subastas hacer la
determinación final, en caso de que se produzca un empate (ya sea
por abstención de votos de uno de los miembros 0 por igual número
de votos).
El Presidente de la Junta convocará a sus miembros a través del
Secretario, quien citará a reunión por escrito, llamada telefónica o
cualquier otro medio.
D. Libro de actas
El Secretario de la Junta mantendrá al día un libro de actas en donde
se harán constar todos los asuntos, acuerdos, decisiones y
recomendaciones de cada reunión que se celebre. Se conservará el
original de cada informe de la Junta firmado por todos los miembros
presentes y se archivará en orden cronológico enumerado.