Regl. 7623, art. XVI

REUNIÓN APERTURA DE SUBASTA

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Cite as Reglamento Núm. 7623, Art. XVI

A. La reunión de apertura de subasta dará comienzo a la reunión en el lugar, hora y fecha indicada en la invitación a subasta y una vez constituido el quórum de la Junta de Subasta. De no quedar constituido el quórum, los miembros presentes 25 REGLAMENTO DE SUBASTAS PÁGINA 26 considerarán los mejores intereses de La Corporación y podrán aplazar la apertura de los pliegos, con la anuencia de los licitadores presentes. B. Durante la reunión de apertura de subasta se dará lectura en voz alta a las licitaciones recibidas. Éstas serán rubricadas con el sello oficial de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Públicas. El secretario y cualquier otro miembro de la Junta de Subastas, escribirán sus iniciales en cada una de las licitaciones. C. La Junta de Subastas verificará que: 1. Que las licitaciones recibidas por correo 0 radicadas en la Corporación se hayan presentado en 0 antes de la fecha y hora de la apertura; licitaciones presentadas tardíamente serán rechazadas y devueltas sin abrir al posible licitador, con una carta explicativa. 2. Que toda licitación se encuentre debidamente identificada con el número y descripción de la subasta, fecha, hora de apertura y dirección del remitente. 3. Que los licitadores hayan cumplido con el requisito de asistencia, si aplica, a reuniones pre-subasta u otras 26 REGLAMENTO DE SUBASTAS PÁGINA 27 notificaciones por la Junta de Subastas. De no cumplir con lo anteriormente expuesto, la licitación será devuelta sin abrir al posible licitador con una carta explicativa. 4. Bajo ninguna circunstancia se permitirá el retiro de una licitación o modificaciones a ésta, después de haber sido declarada abierta la sesión de la Junta de Subastas. 5. Que una vez abiertas las licitaciones, sólo se aceptará información adicional de los licitadores cuando, a juicio de la Junta de Subastas, sea necesario contar con mayor información. En estos casos, compete a la Junta de Subastas solicitar los datos del modo que ésta considere más prudente y conveniente. 6. Que se permita a los licitadores asistentes, si así lo solicitaran, examinar las otras licitaciones recibidas por la Corporación. 7. Que se realice la lectura de rigor, en voz alta, cuando la subasta bajo consideración requiera la prestación de fianza. La lectura requerirá expresar los datos relevantes de ésta. 8. Que una vez abiertas las ofertas en el sitio, fecha y hora de apertura, éstas queden bajo la consideración de la Junta, hasta que se envíe la notificación de cancelación o adjudicación de 27 REGLAMENTO DE SUBASTAS PÁGINA 28 subasta. La Junta mantendrá las ofertas y toda otra documentación relacionada al proceso de subastas bajo un estricto control de acceso. 9. Velar por que mientras las ofertas estén bajo consideración, los licitadores, sus representantes u otras partes interesadas se abstengan de comunicarse de modo alguno, sobre cuestiones relacionadas con la subasta. Toda correspondencia de un licitador sobre ofertas bajo consideración se dirigirá a la Junta de Subastas, a la dirección indicada en las instrucciones a licitadores en la subasta. 10. Procurar que ningún funcionario 0 empleado de la Corporación se comunique con los licitadores o con personas ajenas a la Corporación para ofrecer información relacionada con subastas bajo consideración. 11. En términos generales, la Junta de Subastas podrá rechazar todas o cualquier oferta cuando a su juicio, se haya violentado lo dispuesto en los incisos anteriores o cualquier Reglamento, ley u orden aplicable.
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