Regl. 7636, art. 11 dup2

Contenido del Pliego de subasta y la Invitación a Subasta

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Cite as Reglamento Núm. 7636, Art. 11 dup2

a. El pliego de subasta, es el documento que se utiliza para convocar una subasta y contiene las especificaciones de la solicitud de compra a ser 45 adquirida mediante subasta y las invitaciones a la subasta que discrecionalmente la ASES puede dirigir, deberán contener, como mínimo, lo siguiente: Especificaciones completas y descripciones claras de los artículos, equipos, materiales y servicios no profesionales que se desean obtener u obras que se desean realizar. Indicaciones claras sobre los términos y las condiciones de entrega y de inspección requeridos, cuando éstos son esenciales para efectos de la adjudicación a subasta. Especificaciones sobre la fecha, la hora y el lugar en que se abrirán los sobres con las ofertas. Indicaciones sobre cómo y donde enviar o radicar las licitaciones. Advertencia de que la Junta de Subastas tiene facultad para realizar una inspección ocular de las facilidades de almacén o de las oficinas del licitador, así como de equipo vendido o servicio prestado a clientes anteriores, que sea similar al requerido por la ASES. Instrucciones específicas respecto a la forma en que se habrán de someter las ofertas o licitaciones, así como los términos, condiciones que regirán la transacción, especificaciones y de ser aplicable cualesquiera condiciones que formarán parte del contrato. Todos los elementos necesarios para que los licitadores puedan hacer sus ofertas o licitaciones. 46 Especificaciones de los términos para impugnación de la convocatoria y la adjudicación. Especificaciones sobre las fianzas de licitación, de ejecución y cualesquiera otras que sean requeridas. b. Aquellas subastas sujetas a condiciones o restricciones especiales deben contener una nota a esos efectos, señalando claramente la condición, de manera que permita la tramitación y evaluación adecuada de la subasta. c. Aquellas subastas en que se requiera que los licitadores sometan alguna certificación o documentos especiales como parte de su oferta deben contener una nota a estos efectos. d. Se acepta sólo una oferta por cada licitador para cada subasta. Si una misma empresa comercial somete varias ofertas para una subasta, a nombre propio 0 de algunas de sus subsidiarias o sucursales, de algunos o varios de sus socios, agentes u oficiales, la ASES se reserva el derecho de declarar nulas todas las ofertas o seleccionar la oferta más conveniente para la ASES, tomando en cuenta criterios económicos y de calidad, permitiendo que solo esa pueda competir. e. Cuando se requiera la instalación de equipo, debe incluirse en las especificaciones una cláusula al efecto de que la labor a realizarse debe cumplir con los reglamentos vigentes y normas comunes de la ingeniería y seguridad. 47 f. Debe indicarse los tipos de descuentos por pronto pago que sean aceptables a la ASES, así como el término menor de tiempo que se considere necesario para hacer aceptable la condición de pago. g. Las referencias a marcas específicas de artículos, materiales y equipos, se hacen únicamente como guía o índice para ayudar al licitador potencial a determinar la clase y tipo de artículos, materiales y equipos que interesa obtener. En estos casos, los licitadores potenciales pueden cotizar sus precios para otras marcas que cubran las especificaciones indicadas en la invitación a subasta. h. Puede cursarse invitación a subasta para la adquisición de marcas específicas cuando por la experiencia obtenida o por alguna razón se justifique que dichas marcas son las que mejor satisfacen las necesidades de la ASES. Como parte del expediente de la subasta, se incluirá un informe de la Junta de Subastas donde se expresen las razones para este tipo de invitación. i. Se puede solicitar cotizaciones por el monto total de la compra de un grupo de renglones de una misma rama de comercio, cuando se considere que ello conviene a los mejores intereses de la ASES, pero no se incluirán especificaciones restrictivas que en forma alguna puedan limitar la competencia. j. El tiempo a fijarse para la entrega de los artículos, materiales, equipos, obras o servicios no profesionales debe ser razonable, en armonía con las facilidades de que disponga el comercio local, siempre que esto no entre en conflicto con las necesidades de la ASES. 48 k. A los licitadores a quienes se les adjudique el contrato de compra en un procedimiento de conformidad con los términos de entrega, especificaciones y demás condiciones e instrucciones especiales, la ASES le hará un descuento al momento de tramitar el pago por cada día consecutivo de retraso en la entrega. La cantidad a ser descontada por día se fijara en las condiciones e instrucciones especiales para la subasta. Dicha cantidad será establecida a base de la premura que tengan los productos o servicios para la ASES, la disponibilidad de los mismos en el mercado, los gastos y contratiempos que el retraso pueda ocasionar a la ASES y a cualquier otro factor que se estime pertinente. La cantidad a ser establecida no será menor del uno por ciento (1%) ni mayor del cinco (5%) del importe del pago. La fianza de ejecución del contrato responderá como pago por cualesquiera daños y perjuicios ocasionados por la tardanza. La suma a pagar por retraso en la entrega de la mercancía en ninguna forma representa una penalidad, y si compensación por daños y perjuicios convenidos entre ambas partes, para compensar a la ASES por gastos adicionales y otros contratiempos ocasionados. I. Cuando no se haya cursado una invitación a uno o varios de los posibles licitadores o no se hayan incluido en la invitación a subasta, cualquiera de las especificaciones de los artículos, materiales, equipos, obras o servicios no profesionales a adquirirse, ya sea porque la convocatoria se hizo a través de la prensa, página de Internet o por cualquier otro motivo, copia de los documentos relacionados estarán a la disposición de los potenciales licitadores en la ASES. 49 m. Se puede cancelar cualquier convocatoria a subasta notificando a los licitadores según se dispone en el Artículo 9.8. de este Reglamento. n. Se pueden enmendar cualquier requerimiento de la subasta notificando a los licitadores correspondientes antes de la fecha y la hora fijadas para la apertura de la subastas. 0. Cuando se anuncie una subasta donde se requiera que se especifique el costo por unidad de los artículos, materiales o equipos requeridos, se incluirá un estimado razonable de la cantidad total de los mismos que la ASES se propone adquirir. Las fianzas de licitación y ejecución que se requieran en tales casos serán por el estimado de la compra. En estos casos el estimado no será obligatorio para la ASES.
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