Regl. 7636, art. 5 dup2
Disposiciones Generales
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Cite as Reglamento Núm. 7636, Art. 5 dup2
a. A tenor con las normas constitucionales y estatutarias que prohíben el discrimen
por razón de género, al aplicar este Reglamento se entiende lo siguiente:
i. El nombre de cada puesto se refiere a ambos géneros.
b. No se comprarán artículos, materiales, equipos o servicios no profesionales, ni se
realizarán obras, sin que medie la correspondiente orden de compra o sin que
se haya formalizado el contrato pertinente.
c. Cuando resulte más conveniente y económico para la ASES se pueden
formalizar contratos anuales, contra los cuales se van efectuado las compras
a medida que vayan surgiendo las necesidades.
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d. Las solicitudes de compra cuyo importe total estimado exceda de cuarenta mil
($40,000) se tramitarán a través de la Junta de Subastas, con las especificaciones
requeridas, para que se lleven a cabo la subasta correspondiente.
e. No se efectúa transacción alguna en la cual haya fraccionamiento de la
compra con el propósito de lograr que la misma se efectué bajo normas distintas o
en un nivel diferente al que le correspondía, conforme a su importe. Las
necesidades se agrupan al efectuar las compras, en tal forma que las transacciones
puedan efectuarse en la forma más económica y conveniente al interés público, en
armonía con este Reglamento.
f. Los funcionarios en quienes se delegue la función o la supervisión de la
actividad de compras, incluidos los miembros de la Junta de Subastas, no pueden
aceptar atenciones especiales, regalías, prestar dinero a, o tomar dinero de, firmas
comerciales o individuo alguno que provea servicios o suministros a la ASES.
g. Los funcionarios o empleados en quienes se delegue la función o la supervisión
de la actividad de compras, incluidos los miembros de la Junta de Subastas, deben
rechazar cualquier conducta impropia de los proveedores y contratistas incluidos
los ofrecimientos de gratificaciones, los privilegios, las regalías o los favores, y
tienen la obligación de informar prontamente al Director de sobre cualquier
situación que ocurra al respecto.
h. Las solicitudes de compra deben incluir especificaciones que permitan establecer
competencia entre varios proveedores o marcas. Se señala, además, el propósito y
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el uso especifico de los artículos, materiales, equipos, obras o servicios no
profesionales solicitados y cualquier otra característica especial que requiera una
evaluación basada en criterios específicos. Dichas solicitudes se radican con
suficiente antelación, de manera que no exista conflicto con el tiempo razonable
requerido para la notificación, publicación, estudio, adjudicación y entrega de los
artículos, materiales o equipos, la realización de obras o la prestación de servicios
no profesionales.
i. Toda persona que interese participar en subastas de la ASES u ofrecer sus
productos o servicios mediante el procedimiento de compra por cotizaciones
establecidos en este Reglamento deberán estar inscritos en el Registro Único de
licitadores de la ASG o en su defecto podrá participar y evidenciar que se ha
registrado en el mismo a no más tardar de los diez (10) días siguientes desde la
fecha en que somete la cotización o licitación.
j. En aquellas situaciones en que no se pueden someter con la solicitud de compra
especificaciones que permitan la amplia competencia, se acompañará la solicitud
de compra con una justificación señalando las razones que hacen indispensable
que la compra se efectué de determinada marca o con determinada característica
en especial, de manera que si el planteamiento así lo justifica, se pueda efectuar la
compra como única fuente de abasto.
k. Para la preparación de las especificaciones de las compras mediante Subastas se
pueden solicitar el asesoramiento de las unidades de apoyo de la ASES o se
pueden contratar los servicios profesionales que sean necesarios.
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1. Las solicitudes de compra de artículos, equipos, materiales, servicios no
profesionales o la realización de obras son aprobadas por el director de la oficina
que las origina o por los representantes autorizados por la ASES. La Oficina de
Administración y/o Recursos Humanos las tramita para la autorización del
Director Ejecutivo o su representante autorizado.
m. Todo funcionario de la ASES autorizado a solicitar o aprobar la adquisición de
equipo, materiales, servicios no profesionales y la realización de obras, se guiará
por criterios de necesidad y utilidad.
n. Solamente se aprueba la adquisición de artículos, equipos, materiales o servicios
no profesionales y se autoriza la realización de obras, que sean estrictamente
necesarias para las actividades para las cuales han de adquirirse.