Regl. 3137, art. 12 dup5
Pruebas del Vástago de Barrenar
Cite as Reglamento Núm. 3137, Art. 12 dup5
(a) Pruebas del vástago de barrenar dentro del revestimiento se iniciarán solamente durante las horas diurnas. Si no
existe ningún riesgo aparente, la prueba será de suficiente duración para obtener toda la data sobre presiones y volúmenes de
flujo requeridas para evaluar el depósito, pero una prueba no
puede ser terminada ni los tapones serán desconectados excepto
durante las horas diurnas.
(b) Cuando se está removiendo un tapón de prueba del
vástago de barrenar atención especial es necesaria para asegurar
que el hoyo se está rellenando con la cantidad correcta de líquido
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a la vez que se va sacando cada conjunto de cañería.