Regl. 7638, art. 19-19.7
PerĂodo Probatorio en Casos de Reingresos
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Cite as Reglamento NĂºm. 7638, Art. 19-19.7
Las personas que reingresen a la Autoridad estarĂ¡n sujetas al perĂodo probatorio
correspondiente. Sin embargo, el Director Ejecutivo podrĂ¡ asignar status regular a tales
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empleados cuando como consecuencia del reingreso sean nombrados dentro del término de un
(1) año a partir de la fecha de separaciĂ³n del servicio.