Regl. 7638, art. 9-9.3
Agrupación de los Puestos en el Plan de Clasificación
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Cite as Reglamento Núm. 7638, Art. 9-9.3
Se agrupará en clases todos los puestos que sean igual 0 sustancialmente similares en
cuanto a la naturaleza y complejidad de los deberes, asà como el grado de autoridad y
responsabilidad asignados a los mismos.
Cada clase de puesto será designada con un tÃtulo corto, que sea descriptivo, de la
naturaleza y el nivel de complejidad y responsabilidad del trabajo requerido. Dicho tÃtulo se
utilizará en el trámite de toda transacción o acción de personal, presupuesto y finanzas, asà como
en todo asunto oficial en que esté envuelto el puesto. Este será el tÃtulo oficial del puesto.
El Director Ejecutivo podrá designar cada puesto con un tÃtulo funcional de acuerdo con
sus deberes y responsabilidades 0 su posición en la organización. Este tÃtulo funcional deberá ser
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utilizado para identificación del puesto en los asuntos administrativos de personal que se tramiten
a nivel de Agencia. Bajo ninguna circunstancia el tÃtulo funcional sustituirá el tÃtulo oficial en el
trámite de asuntos de personal, presupuesto y finanzas.