Regl. 7649, art. 19.00 dup2
RECOMENDACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 7649, Art. 19.00 dup2
19.01 El Comité Evaluador preparará un informe de evaluación y recomendará la
adjudicación, debidamente justificada, en consonancia con las siguientes normas y
factores:
1.
Las caracterÃsticas y circunstancias que hacen más beneficiosa para la
Administración la propuesta seleccionada.
2.
Si sólo se hubiera recibido una propuesta, ésta podrá recomendarse siempre
que se considere razonable y cumpla con las especificaciones y los
requisitos de la Administración.
3.
En aquellos casos en que la solicitud de propuestas se declare desierta por
no recibirse propuestas o por considerarse inaceptable las recibidas, el
Comité podrá recomendar que se efectúe un proceso de negociación directa.
4.
En similitud de ofertas, términos y condiciones, la propuesta se adjudicará
en la forma que la Administración estime más conveniente, incluyendo la
celebración de pujas a viva voz entre los proponentes empatados, 0
solicitando una mejor oferta final ("Best & Final Offer") a los proponentes,
sobre el precio y otras caracterÃsticas de la solicitud de propuestas.
5.
Cuando la propuesta recomendada no es aquella cuya evaluación fue más
favorable en costo o precio a la Administración, se deberá especificar
claramente y documentarse por escrito la razón para esta determinación,
fundamentándose ello, entre otras razones, en las siguientes:
a.
Se tiene conocimiento y existe evidencia en el expediente
administrativo de que el proponente no ha dado cumplimiento
satisfactorio a contratos que le hayan sido otorgados;
b.
El proponente ha sido convicto por fraude para obtener o ejecutar
contratos u otras convicciones que lo inhabiliten en virtud de ley;
c.
El proponente proveyó información falsa a la Administración o se
negó a proveer información requerida;
d.
El proponente se negó a autorizar al Comité Evaluador a llevar a cabo
aquellas investigaciones que se estimaron pertinentes para
salvaguardar los mejores intereses de la Administración;
e.
El Comité Evaluador recibió una recomendación negativa,
debidamente justificada en el expediente administrativo, sobre el
proponente;
f.
Cuando por cualquier otra razón se estime que los mejores intereses de
la Administración no estaban adecuadamente protegidos.
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Reglamento para Solicitudes de Propuestas
Administración de Terrenos de Puerto Rico
19.02- Cuando el Comité Evaluador determine que para salvaguardar los mejores
intereses de la Administración no se debe seleccionar ninguna de las propuestas
sometidas, asà deberá recomendarlo al Director Ejecutivo.