Regl. 7649, art. 20.00
ADJUDICACIÓN
Length: 128 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7649, Art. 20.00
20.01 - El Comité Evaluador someterá sus recomendaciones al Director Ejecutivo sobre
cómo debe adjudicarse la propuesta, o las razones por las cuales no puede o debe
adjudicarse.
20.02 Cuando el Director Ejecutivo determine que la adjudicación de la Solicitud de
Propuestas no es conforme a los mejores intereses de la Administración, podrá optar por
cancelar la Solicitud de Propuestas.
20.03 El Director Ejecutivo tendrá la potestad de consultar con cualquier perito o asesor
externo, utilizados o no por el Comité Evaluador, para validar o rechazar la
recomendación de adjudicación.
20.04 El Director Ejecutivo someterá a la Junta de Gobierno, en los casos que así se
requiera por Reglamento o por Resolución de la Junta de Gobierno, su recomendación
para la adjudicación final de una Solicitud de Propuestas.