Regl. 7650, art. XII dup2
Vista Administrativa
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Cite as Reglamento Núm. 7650, Art. XII dup2
Cualquier persona a quien se le notifique una acción sobre una querella
ya bien sea desestimando, archivando, denegando o tomando una
determinación que entienda afecta sus derechos, podrá solicitar por escrito vista
administrativa en el plazo de treinta (30) días calendario a partir de la
notificación de la Agencia. Dicha solicitud deberá presentarse en la Secretaría
de Casos Adjudicativos del Departamento, Oficina de Asesoría Legal en el caso
de empleados transitorios, irregulares, de confianza, unionados o ciudadanos
particulares. En el caso de empleados gerenciales de la Autoridad, ante el
Comité de Apelaciones. La solicitud de vista no suspenderá el proceso de
aplicación de medidas disciplinarias, si éste fuera el caso.