Regl. 3137, art. 1 dup12

Especificaciones para el Equipo de Producción

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Cite as Reglamento Núm. 3137, Art. 1 dup12

(a) El equipo para procesamiento en el campo y el almacenamiento de los líquidos de producción deberan estar conformes con las especificaciones aprobadas por el Instituto Americano del Petróleo. Estas incluyen las siguientes: Especificación 12 B, Especificaciónpara tanques sellados para el almacenamiento de líquidos de producción. Especificación 12 D, Especificación para tanques soldados en el campo para el almacenamiento de líquidos de producción. Especificación 12 F, Especificación para tanques soldados en taller para el almacenamiento de líquidos de producción. Especificación 12 J, Especificación para los separadores de gas y petróleo. Especificación 12 K, Especificación para calentadores de tipo indirecto de campo de petróleo Especificación 12 L, Especificación para tratadores de emulsión verticales y horizontales. (b) Otro equipo que no esté cubierto por especificaciones del I.A.P. deberá ser de diseño, materiales y presión funcional aceptable al Secretario. 72
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