Regl. 7656, art. 1.07

BECERROS

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Cite as Reglamento Núm. 7656, Art. 1.07

0.40 VERRACOS 0.40 CERDAS PARIDORAS 0.40 CERDOS EN CEBAS 0.40 CERDOS EN DESTETE 0.20 NOTA: Información Suministrada por la Oficina de Ingeniería Agrícola y Biosistemas del Servicio de Extensión Agrícola de Río Piedras, Puerto Rico. 111 TABLA 2 PRODUCCIÓN DE DESPERDICIO FECAL DE ANIMALES Y SUS CARACTERÍSTICAS ANIMAL TAMAÑO PRODUCCIÓN TOTAL AGUA DENSIDAD ST SV BOD CONTENIDO DE NUTRIENTES LB. DESPERDICIOS FECALES % LB/FT.³ LB./DÍA LB./DÍA LB./DÍA LB./DÍA LB./DÍA FT.³/DÍA GAL./DÍA N P2O5 K2O Ganado Lechero 150 12.0 0.19 1.50 87.3 62 1.6 1.3 0.26 0.06 0.023 0.048 250 20.0 0.32 2.40 2.6 2.1 0.43 0.10 0.045 0.084 500 41.0 0.66 5.00 5.2 4.3 0.86 0.20 0.082 0.169 1000 82.0 1.32 9.90 10.4 8.6 1.7 0.41 0.166 0.325 1400 115.5 1.85 13.90 14.6 12.0 2.38 0.57 0.232 0.458 Ganado de Carne 500 30.0 0.50 3.80 88.4 60 3.5 3.0 0.8 0.17 0.127 0.145 750 45.0 0.075 5.60 5.2 4.4 1.2 0.26 0.191 0.229 1000 60.0 1.00 7.50 6.9 6.0 1.6 0.34 0.250 0.289 1250 75.0 1.20 7.50 8.7 7.4 2.0 0.43 0.318 0.373 Vaca 63.0 1.05 7.90 7.3 6.2 1.7 0.36 0.273 0.313 Cerdos Cerdos de destete -35 2.3 0.038 0.27 80.0 80 0.20 0.17 0.07 0.016 0.0116 0.012 Cerdos de ceba 55 4.2 0.070 .048 0.39 0.31 0.13 0.029 0.0223 0.024 Cerdos terminados 150 9.8 0.16 1.13 0.90 0.72 0.30 0.068 0.050 0.054 Cerdas paridoras 200 13.0 0.22 1.50 1.2 0.96 0.39 0.090 0.068 0.071 Cerdas paridoras + 275 8.9 0.15 1.10 0.82 0.66 0.27 0.062 0.048 0.048 Destetes 375 33.0 0.54 4.00 3.00 2.40 1.00 0.230 0.173 0.181 Verracos 350 11.0 0.19 1.40 1.00 0.84 0.35 0.078 0.059 0.061 Ovejas 100 4.0 0.062 0.46 75 65 1.00 0.85 0.09 0.045 0.015 0.039 Avícolas Gallinas ponedoras 4 0.21 0.0035 0.027 74.8 60 0.533 0.037 0.014 0.0029 0.0025 0.0014 Pollos parrilleros 2 0.14 0.0024 0.018 0.036 0.025 0.0023 0.0024 0.0013 0.0009 Caballos 1000 45.00 0.75 5.63 79.5 60 9.4 7.5 0.27 0.105 0.205 Densidad = Valor estimado N = Nitrógeno total ST = Sólidos totales Fósforo elemental = 0.44x SV = Sólidos volátiles Potasio elemental = 0.083x BOD = Oxígeno usado en la oxidación bioquímica Los valores son aproximados. Las características actuales del desperdicio fecal pueden ser mayores o menores en un 20% a los valores indicados en la tabla. REFERENCIA: Sociedad Americana de Ingeniería Agrícola (6-14-73) 112 TABLA 3 CANTIDAD DE NUTRIENTES QUE SE EXTRAEN DEL SUELO PARA LA MAYORIA DE LAS SIEMBRAS EN PUERTO RICO Absorción de Nutrientes Nombre de la Cosecha Producción (Ib/acre/año) (Ib/acre/año) N P K Aguacate (Avocado) 28,800 36 9 44 Arroz (Rice) 5,000 110 22 116 Café (Coffee) 2,000 228 17 205 Calabazas (Pumpkin) 24,000 96 11 93 Caña de Azúcar (Sugar Cane) 100,000 75 22 149 Chinas (Oranges) 48,000 38 4 56 Guineo (Banana) 247 20 633 Habichuelas (Beans) 890 90 16 179 Lechoza (Papaya) 80,000 156 18 187 Lechuga (Lettuce) 36,000 107 13 191 Maíz Dulce (Sweet Corn) 8,000 155 20 105 Mangó (Mango) 14,256 93 11 88 Melón (Watermelon) 10,000 40 5 54 Ñame (Yam) 45,924 169 22 191 Pasto-Congo (Congo grass) 29,826 304 49 401 Pasto-Estrella (Star grass) 25,196 345 58 418 Pasto-Guinea (Guinea grass) 22,971 288 44 362 Pasto-Malojillo (Malojillo grass) 23,950 306 43 382 Pasto-Melao (Melao grass) 13,177 207 32 207 Pasto-Napier (Napier grass) 25,107 301 64 502 Pasto-Pangola (Pangola grass) 23,594 298 47 356 Pasto-Promedio (All Grasses) 23,403 293 48 375 Pepinillo (Cucumber) 16,710 45 36 71 Pimiento (Pepper) 25,000 140 12 140 Piña (Pineapple) 49,005 182 22 290 Plátanos (Plantain) 215 19 521 Repollo (Cabbage) 30,000 90 13 100 Sorgo forraje (Sorghum forage) 14,400 196 29 235 Sorgo grano (Sorghum grain) 8,000 247 39 164 Tabaco (Tobacco) 3,000 125 11 211 Tomate (Tomato) 35,000 180 21 280 Yautía (Tanier) 10,071 129 36 196 Yuca (Cassava) 19,808 182 5 164 Other (Edit Crops, Last Line) Referencia: Información provista por Natural Resources Conservation Services 113 TABLA 4 POR CIENTO DE VOLATILIZACIÓN DE NITRÓGENO POR COMPONENTE DE ALMACENAJE ESTERCOLERA 40% CHARCAS 70% TANQUES (abiertos) 35% CAMADAS DE GRANJAS AVÍCOLAS 45% (RECIÉN SACADAS DEL RANCHO) NOTA: Información Suministrada por la Oficina de Ingeniería Agrícola y Biosistemas del Servicio de Extensión Agrícola de Río Piedras, Puerto Rico. 114 PRUEBA DE PERCOLACIÓN La prueba de percolación se realizará según se especifica a continuación: 1. Excave un hoyo con las dimensiones de un (1) pie (30 centímetros) de ancho y de un (1) pie (30 centímetros) de largo por dos (2) pies (60 centímetros) de profundidad, o a la profundidad a la cual se va a operar. 2. Llene el hoyo con agua hasta saturarla y deje que ésta sea absorbida por el terreno. 3. Vuelva a llenarlo hasta una profundidad de un (1) pie (30 centímetros). 4. Registre el tiempo que el terreno toma en absorber las últimas seis (6) pulgadas (15 centímetros) de agua. 5. Divida este tiempo entre seis (6). Este será el resultado de la prueba de percolación en términos de minutos por pulgadas O minutos por centímetro. Este resultado deberá ser sometido a la JCA debidamente firmado y sellado por un ingeniero o agrónomo con licencia para ejercer la profesión en Puerto Rico. OTRAS FÓRMULAS Las fórmulas que se detallan más adelante pueden ser sustituidas por otras fórmulas o expresiones matemáticas, siempre y cuando no se afecte el resultado. 1. Determinación de la cantidad de desperdicios fecales de animales: (cantidad de animales) (volumen de desperdicios fecales de animales) Las cantidades estimadas de desperdicios fecales de animales por clasificación de animales se encuentran en el Tabla 2 de este Apéndice o en datos tomados en el campo. Los valores están dados en cantidades de desperdicios generados por tipo de animal por día. Si los animales no están confinados todo el día, se utilizará la siguiente fórmula: (cantidad de animales) (volumen de desperdicios fecales de animales) (*) 24 Donde: X = número de horas en que está confinado el animal. Nota: Este cálculo se realizará para cada clasificación de animal y se suman todos los resultados (es preferible utilizar unidades de pies³). 115 2. Determinación de la cantidad de agua de lavado: (cantidad de animales) (volumen estimado de agua de lavado) Nota: Para los estimados de agua de lavado, puede utilizar los datos que aparecen en Tabla 1 de este Apéndice O datos tomados en el campo. 3. Volumen de agua de lluvia: Se determina buscando un promedio de los tres (3) meses que más llueve en el área donde está localizada la empresa, utilizando la información suministrada por la Administración Nacional Oceanográfica y Atmosférica o por el Servicio Geológico de los Estados Unidos. M₁+M₂+M₃ A pies / dia (12)(3)(30) Donde: A = Área superficial del componente de almacenaje (p²) M = Precipitación (pulgadas/día) 12 = Conversión de pulgadas a pies 30 = Conversión de mes a día 3 = Número de lecturas El resultado de éste se multiplica por el área superficial del componente de almacenaje y éste será el volumen total de agua de lluvia (agua adicional). Para obtener un valor más real, al volumen de agua de lluvia se le resta el volumen de agua que se evapora. Se efectúa el mismo procedimiento anterior para los mismos meses, pero utilizando los valores de evaporación. El volumen de agua que se evapora se le resta al volumen de agua de lluvia y se obtiene el volumen de agua de lluvia real (agua adicional). 4. Determinación del tiempo de retención (TR) del componente de almacenaje: TR = Capacidad del componente (pies³) Volumen de descarga diaria Nota: El volumen de descarga diaria debe incluir el volumen de agua de lluvia, si el componente de almacenaje va a recibir la misma, y el volumen adicional por seguridad. 116 5. Determinación del área de regado basado en la absorción de nitrógeno de los cultivos o forrajes a ser regados: a. Determinar las libras de nitrógeno totales en el desperdicio (LN) LN = (cantidad de animales) (volumen estimado de nitrógeno/día) b. Área de Aplicación (AA) AA = (LN) (1 % volatilización del nitrógeno) (días confinamiento) libras de nitrógeno que absorbe el cultivo Nota: AI nitrógeno hay que restarle el por ciento (%) que no está disponible durante el primer año, considerando la mineralización y la cantidad de nutrientes que existen en el suelo. Para el nitrógeno estimado que absorben las diferentes siembras, se podrán utilizar los valores que aparecen en el Tabla 3 de este Apéndice o datos tomados en el campo. Para el por ciento (%) de volatilización podrán usar la Tabla 4 de este Apéndice O hacer el cálculo asumiendo que todo el nitrógeno estará disponible para los cultivos el mismo año que se aplica. 6. Método para calcular el volumen de una charca: a. Volumen Charca Rectangular (VCR): VCR = WLD-SD² (L + W) + 4S² D³/3 Donde: S = proporción en los cortes del talud (S:T) donde S es la proporción horizontal en los cortes del talud y T es la proporción vertical en los cortes del talud. L = largo superficial W =ancho superficial D = profundidad 117 Ejemplo: Una charca de 46' X 46' X 9' con declives internos en los diques en proporción de dos (2) horizontales a uno (1) vertical. VCR = WLD SD² (L + W) + 4S²D³/3 VCR = (46)(46) (9)- [(2)(9²) (46 + 46)] + [(4)(2²)(9³/3)] = 19,044 14,904 + 3,888 = 8,028 pies³ b. Volumen en charcas circulares o en forma de cono (VCC): VCC = 1/3 pπ (r₁² + r2² + r₁ r₂) p = profundidad; r₁ = radio superficial R = diámetro superficial; π = 3.1416 (constante) R₁ = diámetro del fondo; r₂ = radio del fondo Donde: R=2r₁; R₁ = (R) (declive horizontal) (p) (2) r₁ = R/2; r₂ = R₁/2 Ejemplo: Una charca circular de 28 pies de diámetro y 8 pies de profundidad con declives en los diques de una proporción de uno (1) horizontal por uno (1) vertical. 2r₁ = R 2r₁ = 28' = r₁ = 14' p = 8' R₁ = (R) - (declive horizontal) (p) (2) = 28' (1) (8') (2) = 12' 2r²=R₁ = r₂ = 12'/2= 6' VCC = 1/3π(8') {(14) 2 + (6) 2 + (14) (6)}= 2647.32 pies³ 118 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL A tenor con y de acuerdo con la Ley sobre Política Pública Ambiental, Ley Número 416 aprobada el 22 de septiembre de 2004, según enmendada este REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS DESPERDICIOS FECALES DE ANIMALES DE EMPRESAS PECUARIAS Ha sido promulgado por la Resolución R-08-39-1 para establecer mediante reglamentación, los mecanismos necesarios de permisos u autorizaciones para el diseño, construcción y operación de sistemas de manejo de desperdicios fecales de animales en empresas pecuarias para prevenir o reducir la contaminación ambiental que puede ser causada por el manejo inadecuado de los desperdicios fecales de animales. Aprobado: 16 de diciembre de 2008 Este Reglamento entrara en vigencia 30 días a partir de la fecha de su radicación en el Departamento de Estado Rosa Ing. Angel O. Berríos Silvestre Ing. Noelia Y. Rosa Jaime Miembro Asociado Vice Presidente Lcdo. Javier Rúa Presidente
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