Regl. 7656, art. 1.07
BECERROS
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Cite as Reglamento Núm. 7656, Art. 1.07
0.40
VERRACOS
0.40
CERDAS PARIDORAS
0.40
CERDOS EN CEBAS
0.40
CERDOS EN DESTETE
0.20
NOTA: Información Suministrada por la Oficina de Ingeniería Agrícola y
Biosistemas del Servicio de Extensión Agrícola de Río Piedras, Puerto Rico.
111
TABLA 2
PRODUCCIÓN DE DESPERDICIO FECAL DE ANIMALES Y SUS CARACTERÍSTICAS
ANIMAL
TAMAÑO
PRODUCCIÓN TOTAL
AGUA
DENSIDAD
ST
SV
BOD
CONTENIDO DE NUTRIENTES
LB.
DESPERDICIOS FECALES
%
LB/FT.³
LB./DÍA
LB./DÍA
LB./DÍA
LB./DÍA
LB./DÍA
FT.³/DÍA
GAL./DÍA
N
P2O5
K2O
Ganado Lechero
150
12.0
0.19
1.50
87.3
62
1.6
1.3
0.26
0.06
0.023
0.048
250
20.0
0.32
2.40
2.6
2.1
0.43
0.10
0.045
0.084
500
41.0
0.66
5.00
5.2
4.3
0.86
0.20
0.082
0.169
1000
82.0
1.32
9.90
10.4
8.6
1.7
0.41
0.166
0.325
1400
115.5
1.85
13.90
14.6
12.0
2.38
0.57
0.232
0.458
Ganado de Carne
500
30.0
0.50
3.80
88.4
60
3.5
3.0
0.8
0.17
0.127
0.145
750
45.0
0.075
5.60
5.2
4.4
1.2
0.26
0.191
0.229
1000
60.0
1.00
7.50
6.9
6.0
1.6
0.34
0.250
0.289
1250
75.0
1.20
7.50
8.7
7.4
2.0
0.43
0.318
0.373
Vaca
63.0
1.05
7.90
7.3
6.2
1.7
0.36
0.273
0.313
Cerdos
Cerdos de destete
-35
2.3
0.038
0.27
80.0
80
0.20
0.17
0.07
0.016
0.0116
0.012
Cerdos de ceba
55
4.2
0.070
.048
0.39
0.31
0.13
0.029
0.0223
0.024
Cerdos terminados
150
9.8
0.16
1.13
0.90
0.72
0.30
0.068
0.050
0.054
Cerdas paridoras
200
13.0
0.22
1.50
1.2
0.96
0.39
0.090
0.068
0.071
Cerdas paridoras +
275
8.9
0.15
1.10
0.82
0.66
0.27
0.062
0.048
0.048
Destetes
375
33.0
0.54
4.00
3.00
2.40
1.00
0.230
0.173
0.181
Verracos
350
11.0
0.19
1.40
1.00
0.84
0.35
0.078
0.059
0.061
Ovejas
100
4.0
0.062
0.46
75
65
1.00
0.85
0.09
0.045
0.015
0.039
Avícolas
Gallinas ponedoras
4
0.21
0.0035
0.027
74.8
60
0.533
0.037
0.014
0.0029
0.0025
0.0014
Pollos parrilleros
2
0.14
0.0024
0.018
0.036
0.025
0.0023
0.0024
0.0013
0.0009
Caballos
1000
45.00
0.75
5.63
79.5
60
9.4
7.5
0.27
0.105
0.205
Densidad = Valor estimado
N = Nitrógeno total
ST = Sólidos totales
Fósforo elemental = 0.44x
SV = Sólidos volátiles
Potasio elemental = 0.083x
BOD = Oxígeno usado en la oxidación bioquímica
Los valores son aproximados. Las características actuales del desperdicio fecal pueden ser mayores o menores en un 20% a los valores indicados en la tabla.
REFERENCIA: Sociedad Americana de Ingeniería Agrícola (6-14-73)
112
TABLA 3
CANTIDAD DE NUTRIENTES QUE SE EXTRAEN DEL SUELO PARA LA MAYORIA
DE LAS SIEMBRAS EN PUERTO RICO
Absorción de Nutrientes
Nombre de la Cosecha
Producción
(Ib/acre/año)
(Ib/acre/año)
N
P
K
Aguacate (Avocado)
28,800
36
9
44
Arroz (Rice)
5,000
110
22
116
Café (Coffee)
2,000
228
17
205
Calabazas (Pumpkin)
24,000
96
11
93
Caña de Azúcar (Sugar Cane)
100,000
75
22
149
Chinas (Oranges)
48,000
38
4
56
Guineo (Banana)
247
20
633
Habichuelas (Beans)
890
90
16
179
Lechoza (Papaya)
80,000
156
18
187
Lechuga (Lettuce)
36,000
107
13
191
Maíz Dulce (Sweet Corn)
8,000
155
20
105
Mangó (Mango)
14,256
93
11
88
Melón (Watermelon)
10,000
40
5
54
Ñame (Yam)
45,924
169
22
191
Pasto-Congo (Congo grass)
29,826
304
49
401
Pasto-Estrella (Star grass)
25,196
345
58
418
Pasto-Guinea (Guinea grass)
22,971
288
44
362
Pasto-Malojillo (Malojillo grass)
23,950
306
43
382
Pasto-Melao (Melao grass)
13,177
207
32
207
Pasto-Napier (Napier grass)
25,107
301
64
502
Pasto-Pangola (Pangola grass)
23,594
298
47
356
Pasto-Promedio (All Grasses)
23,403
293
48
375
Pepinillo (Cucumber)
16,710
45
36
71
Pimiento (Pepper)
25,000
140
12
140
Piña (Pineapple)
49,005
182
22
290
Plátanos (Plantain)
215
19
521
Repollo (Cabbage)
30,000
90
13
100
Sorgo forraje (Sorghum forage)
14,400
196
29
235
Sorgo grano (Sorghum grain)
8,000
247
39
164
Tabaco (Tobacco)
3,000
125
11
211
Tomate (Tomato)
35,000
180
21
280
Yautía (Tanier)
10,071
129
36
196
Yuca (Cassava)
19,808
182
5
164
Other (Edit Crops, Last Line)
Referencia: Información provista por Natural Resources Conservation Services
113
TABLA 4
POR CIENTO DE VOLATILIZACIÓN DE NITRÓGENO POR COMPONENTE DE
ALMACENAJE
ESTERCOLERA
40%
CHARCAS
70%
TANQUES (abiertos)
35%
CAMADAS DE GRANJAS AVÍCOLAS
45%
(RECIÉN SACADAS DEL RANCHO)
NOTA: Información Suministrada por la Oficina de Ingeniería Agrícola y Biosistemas del
Servicio de Extensión Agrícola de Río Piedras, Puerto Rico.
114
PRUEBA DE PERCOLACIÓN
La prueba de percolación se realizará según se especifica a continuación:
1. Excave un hoyo con las dimensiones de un (1) pie (30 centímetros) de ancho y de
un (1) pie (30 centímetros) de largo por dos (2) pies (60 centímetros) de
profundidad, o a la profundidad a la cual se va a operar.
2. Llene el hoyo con agua hasta saturarla y deje que ésta sea absorbida por el
terreno.
3. Vuelva a llenarlo hasta una profundidad de un (1) pie (30 centímetros).
4. Registre el tiempo que el terreno toma en absorber las últimas seis (6) pulgadas
(15 centímetros) de agua.
5. Divida este tiempo entre seis (6). Este será el resultado de la prueba de
percolación en términos de minutos por pulgadas O minutos por centímetro. Este
resultado deberá ser sometido a la JCA debidamente firmado y sellado por un
ingeniero o agrónomo con licencia para ejercer la profesión en Puerto Rico.
OTRAS FÓRMULAS
Las fórmulas que se detallan más adelante pueden ser sustituidas por otras fórmulas o
expresiones matemáticas, siempre y cuando no se afecte el resultado.
1. Determinación de la cantidad de desperdicios fecales de animales:
(cantidad de animales) (volumen de desperdicios fecales de animales)
Las cantidades estimadas de desperdicios fecales de animales por clasificación de
animales se encuentran en el Tabla 2 de este Apéndice o en datos tomados en el
campo. Los valores están dados en cantidades de desperdicios generados por
tipo de animal por día. Si los animales no están confinados todo el día, se utilizará
la siguiente fórmula:
(cantidad de animales) (volumen de desperdicios fecales de animales) (*)
24
Donde: X = número de horas en que está confinado el animal.
Nota: Este cálculo se realizará para cada clasificación de animal y se suman
todos los resultados (es preferible utilizar unidades de pies³).
115
2. Determinación de la cantidad de agua de lavado:
(cantidad de animales) (volumen estimado de agua de lavado)
Nota: Para los estimados de agua de lavado, puede utilizar los datos que
aparecen en Tabla 1 de este Apéndice O datos tomados en el campo.
3. Volumen de agua de lluvia:
Se determina buscando un promedio de los tres (3) meses que más llueve en el
área donde está localizada la empresa, utilizando la información suministrada por
la Administración Nacional Oceanográfica y Atmosférica o por el Servicio
Geológico de los Estados Unidos.
M₁+M₂+M₃
A
pies / dia
(12)(3)(30)
Donde: A = Área superficial del componente de almacenaje (p²)
M = Precipitación (pulgadas/día)
12 = Conversión de pulgadas a pies
30 = Conversión de mes a día
3 = Número de lecturas
El resultado de éste se multiplica por el área superficial del componente de
almacenaje y éste será el volumen total de agua de lluvia (agua adicional). Para
obtener un valor más real, al volumen de agua de lluvia se le resta el volumen de
agua que se evapora. Se efectúa el mismo procedimiento anterior para los
mismos meses, pero utilizando los valores de evaporación. El volumen de agua
que se evapora se le resta al volumen de agua de lluvia y se obtiene el volumen de
agua de lluvia real (agua adicional).
4. Determinación del tiempo de retención (TR) del componente de almacenaje:
TR = Capacidad del componente (pies³)
Volumen de descarga diaria
Nota: El volumen de descarga diaria debe incluir el volumen de agua de lluvia,
si el componente de almacenaje va a recibir la misma, y el volumen
adicional por seguridad.
116
5. Determinación del área de regado basado en la absorción de nitrógeno de los
cultivos o forrajes a ser regados:
a. Determinar las libras de nitrógeno totales en el desperdicio (LN)
LN = (cantidad de animales) (volumen estimado de nitrógeno/día)
b. Área de Aplicación (AA)
AA = (LN) (1 % volatilización del nitrógeno) (días confinamiento)
libras de nitrógeno que absorbe el cultivo
Nota: AI nitrógeno hay que restarle el por ciento (%) que no está disponible
durante el primer año, considerando la mineralización y la cantidad de
nutrientes que existen en el suelo. Para el nitrógeno estimado que absorben
las diferentes siembras, se podrán utilizar los valores que aparecen en el Tabla
3 de este Apéndice o datos tomados en el campo. Para el por ciento (%) de
volatilización podrán usar la Tabla 4 de este Apéndice O hacer el cálculo
asumiendo que todo el nitrógeno estará disponible para los cultivos el mismo
año que se aplica.
6. Método para calcular el volumen de una charca:
a. Volumen Charca Rectangular (VCR):
VCR = WLD-SD² (L + W) + 4S² D³/3
Donde:
S = proporción en los cortes del talud (S:T) donde S es la proporción
horizontal en los cortes del talud y T es la proporción vertical en los cortes
del talud.
L = largo superficial
W =ancho superficial
D = profundidad
117
Ejemplo: Una charca de 46' X 46' X 9' con declives internos en los diques en
proporción de dos (2) horizontales a uno (1) vertical.
VCR = WLD SD² (L + W) + 4S²D³/3
VCR = (46)(46) (9)- [(2)(9²) (46 + 46)] + [(4)(2²)(9³/3)]
= 19,044 14,904 + 3,888
= 8,028 pies³
b. Volumen en charcas circulares o en forma de cono (VCC):
VCC = 1/3 pπ (r₁² + r2² + r₁ r₂)
p = profundidad;
r₁ = radio superficial
R = diámetro superficial;
π = 3.1416 (constante)
R₁ = diámetro del fondo;
r₂ = radio del fondo
Donde:
R=2r₁;
R₁ = (R) (declive horizontal) (p) (2)
r₁ = R/2;
r₂ = R₁/2
Ejemplo: Una charca circular de 28 pies de diámetro y 8 pies de profundidad
con declives en los diques de una proporción de uno (1) horizontal por uno (1)
vertical.
2r₁ = R
2r₁ = 28' =
r₁ = 14'
p = 8'
R₁ = (R) - (declive horizontal) (p) (2)
= 28' (1) (8') (2)
= 12'
2r²=R₁ =
r₂ = 12'/2= 6'
VCC = 1/3π(8') {(14) 2 + (6) 2 + (14) (6)}= 2647.32 pies³
118
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL
A tenor con y de acuerdo con la Ley sobre Política Pública Ambiental,
Ley Número 416 aprobada el 22 de septiembre de 2004, según enmendada
este
REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS DESPERDICIOS FECALES DE
ANIMALES DE EMPRESAS PECUARIAS
Ha sido promulgado por la Resolución R-08-39-1 para establecer mediante
reglamentación, los mecanismos necesarios de permisos u autorizaciones para
el diseño, construcción y operación de sistemas de manejo de desperdicios
fecales de animales en empresas pecuarias para prevenir o reducir la
contaminación ambiental que puede ser causada por el manejo inadecuado de
los desperdicios fecales de animales.
Aprobado: 16 de diciembre de 2008
Este Reglamento entrara en vigencia 30 días a partir de la fecha de su
radicación en el Departamento de Estado
Rosa
Ing. Angel O. Berríos Silvestre
Ing. Noelia Y. Rosa Jaime
Miembro Asociado
Vice Presidente
Lcdo. Javier Rúa
Presidente