Regl. 7659, art. 21
Deberes y obligaciones de los socios
Length: 317 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7659, Art. 21
Además de los enumerados en la Ley, en el reglamento de la
cooperativa y en cualesquiera otras normas que regulen las
relaciones de los socios con la cooperativa, los socios deberán
cumplir con los siguientes deberes y obligaciones:
a. Cumplir de manera puntual con todas las obligaciones
MMC
económicas que tengan con la cooperativa, incluidas
pero no limitadas a las cuotas de mantenimiento, las
20
aportaciones a derramas, pagos del seguro, facturas
por servicios, penalidades por pagos tardÃos o sanciones
económicas resultantes de procedimientos
disciplinarios. Esta obligación incluye la de continuar
pagando las aportaciones mensuales de la unidad de
vivienda aun después de cesar como socio de la
cooperativa, hasta tanto se haya vendido la unidad de
vivienda a la cooperativa o a una persona autorizada
por la cooperativa para ser el nuevo socio. En caso de
que la cooperativa adquiera la unidad de vivienda, el
titular vendedor será responsable por cualquier gasto
en que ésta incurra por concepto de rehabilitación de la
unidad de vivienda.
b. Utilizar las unidades de vivienda exclusivamente para
vivienda del núcleo familiar en la comunidad
cooperativa.
c. Conservar y mantener las unidades de vivienda en
condiciones óptimas.
d. Utilizar las unidades de vivienda y las instalaciones y
áreas comunes de conformidad con las normas y los
procedimientos establecidos por la cooperativa.
e. Cumplir y garantizar que los miembros de su composición
familiar y demás invitados cumplan y respeten las
normas de convivencia social adoptadas en la Ley, este
Reglamento, el reglamento de la cooperativa, 0 en
cualquier otra disposición aprobada por la Junta.
21
f. Velar por los intereses de la cooperativa tanto en el
cumplimiento de sus responsabilidades como socios
como en el desempeño de los cargos para los que sean
elegidos. Desempeñar los cargos para los que sean
elegidos con honestidad, integridad, imparcialidad y
responsabilidad.
g. Mantener al dÃa su información en el Registro de Socios de
la cooperativa.