Regl. 7659, art. 35 dup2

Votación

Length: 214 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7659, Art. 35 dup2

En cada asamblea los socios tendrán derecho a un (1) voto en cada asunto que sea sometido a votación. MMC El voto de la mayoría de los presentes decidirá cualquier asunto presentado en asamblea, salvo que la Ley, este Reglamento, las cláusulas de incorporación o el reglamento de la cooperativa requieran un porcentaje mayor. En estos casos se entenderá, salvo que se expresamente se disponga lo contrario, que el porcentaje que exige dicha disposición es en relación a la cantidad de socios presentes en la asamblea, y no en cuanto a la totalidad de los socios de la cooperativa. Aquellos socios que estén en morosidad en sus obligaciones con la cooperativa, de conformidad con las disposiciones de la Ley, quedarán temporalmente privados de sus derechos como socio a participar con voz y voto, incluidos aquellos asuntos que requieren el consentimiento unánime, ni se contará como socio para propósitos del cómputo del quórum requerido por la Ley o el reglamento de la cooperativa, hasta tanto satisfagan la deuda en su totalidad, 0 el Tesorero certifique que el titular está al día en el 37 plan de pago aprobado por la Junta con anterioridad a la asamblea en cuestión. CAPÍTULO VI. JUNTA DE DIRECTORES Y COMITÉ DE SUPERVISIÓN Subcapítulo A. Directores, funcionarios y miembros de comités
Regl. 7659, art. 35 dup2: Votación | Justis AI