Regl. 7659, art. 60

Responsabilidad personal del Principal

Length: 198 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7659, Art. 60

Ejecutivo El Principal Ejecutivo responderá ante la cooperativa por cualquiera de las siguientes causas: a. Los daños y perjuicios que ocasionare a la propia cooperativa por el incumplimiento de sus obligaciones, por su negligencia grave, por su conducta dolo 0 por el abuso de sus facultades. b. La existencia, regularidad y veracidad de los libros y demás documentos que la cooperativa debe llevar para cumplir con la ley, excepto, los que sean de responsabilidad de la Junta. c. La veracidad de las informaciones que proporcione a la Asamblea General y a la Junta. d. La existencia de los bienes consignados en los inventarios. e. El ocultamiento de las irregularidades que observare en las actividades de la cooperativa. f. La conservación y custodia de los fondos en caja, en bancos 0 en otras instituciones y en cuentas a nombre de la cooperativa. g. El empleo de los recursos en actividades ajenas a los fines de la cooperativa. h. El uso indebido del nombre 0 de los bienes de la cooperativa. 59 i. El incumplimiento de la Ley, este Reglamento, las cláusulas, el reglamento de la cooperativa, y de las normas internas y de las funciones establecidas en el contrato.
Regl. 7659, art. 60: Responsabilidad personal del Principal | Justis AI